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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2012 (10/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de julio de 2012 470276 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 067-2012-OS/PRES.- Designan representantes del OSINERGMIN ante Comisión Multisectorial creada por R.S. N° 200-2012-PCM 470307 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Res. N° 088-2012-SERVIR-PE.- Aprueban cargo de destino de Sub Gerente de Contabilidad del Gobierno Regional La Libertad para la asignación de profesionales 470307 Res. N° 089-2012-SERVIR-PE.- Modifi can denominación de cargo de destino en el Poder Judicial por la de Gerente de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco 470308 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Res. N° 061-2012-SMV/11.1.- Disponen inscribir acciones comunes con derecho a voto representantivas del capital social de Inversiones Financieras del Perú S.A., en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV 470308 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 493-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan jueces provisional y supernumerario en juzgados de familia de Ate Vitarte y de paz letrado de San Luis y reasignan magistrada como juez provisional del juzgado de familia de San Juan de Lurigancho 470309 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Res. N° 170-2012-CNM.- Nombran Jueces de Paz Letrado en Distritos Judiciales de Lima y Lima Sur 470309 Res. N° 171-2012-CNM.- Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales en diversos Distritos Judiciales del país 470310 DEFENSORIA DEL PUEBLO R.D. N° 015-2012/DP.- Encargan a funcionaria la atención del Despacho Defensorial 470310 MINISTERIO PUBLICO RR. N°s. 1713, 1714, 1715, 1716 y 1717-2012-MP-FN.- Dan por concluidos nombramientos y designaciones, nombran, designan, aceptan declinaciones y renuncia de fi scales en diversos Distritos Judiciales del país 470311 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 3953-2012.- Autorizan a la EDPYME Acceso Crediticio la apertura de ofi cinas especiales en diversos departamentos del país 470313 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza N° 217-MDCH.- Establecen sanción por la falta de pago del servicio de estacionamiento en zonas especialmente acondicionadas en el distrito 470313 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Rectifi cación Ordenanza N° 343-MSI 470314 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacificación del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro y crean Comisión Multisectorial DECRETO SUPREMO Nº 074-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 44º de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, conforme a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; en especial, las referidas al desarrollo económico y social; Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece que el poder Ejecutivo elabora y aprueba los planes nacionales y sectoriales de desarrollo, teniendo en cuenta la visión y orientaciones nacionales y los planes de desarrollo de nivel regional y local, que garanticen la estabilidad macroeconómica; Que, la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional establece que es objetivo del Estado propiciar la descentralización política, económica y administrativa, basado en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el fi n de fortalecer estos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2007-DE declara de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado