Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2012 (15/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470597

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolucion estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (3 896,30 x 2) : US$ 7 792,60 Viaticos (US$ 260,00 x 6 dias x 2) : US$ 3 120,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el articulo 1º de la presente Resolucion, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- Encargar a la senorita Amora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Schumacher, Directora Nacional de Turismo, las funciones de Directora Nacional de Desarrollo Turistico a partir del 18 de MORDAZA de 2012 y en tanto dure la ausencia de la titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 814090-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 123-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2011 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes para, entre otros, el cumplimiento de las obligaciones pensionarias a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial (CPMP), estableciendo para tal fin en el articulo 2º de dicha MORDAZA, la constitucion en el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, del "Fondo Especial de Garantia MORDAZA de

Pensiones Militar Policial", por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 584 000 000,00), recursos de caracter intangible y permanente, destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales de la CPMP; disponiendose ademas en el citado articulo que la atencion de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP se financian complementariamente con cargo a los recursos del Fondo Especial, a partir del mes de enero hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, para efecto del uso de los recursos del citado Fondo Especial, en el articulo 3º del mencionado Decreto de Urgencia se senala que la CPMP remite al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior la documentacion administrativa sustentatoria, dentro de la que se debera considerar el numero del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente de cada pensionista y el monto de las planillas de pensiones del regimen del Decreto Ley Nº 19846 para el trimestre respectivo; para que, a su vez, dichos Ministerios soliciten al Ministerio de Economia y Finanzas gestionar las transferencias de recursos con cargo al referido Fondo Especial, las cuales se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior, y se registran en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el numeral 9.2 del articulo 9º del Decreto de Urgencia 016-2012 dispone excepcionalmente, que para el ano fiscal 2012, el pago de la asignacion otorgada por el inciso a) del numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 29465 a favor de los pensionistas de la Policia Nacional del Peru - PNP a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial - CPMP, los Aguinaldos por MORDAZA Patrias y Navidad a favor de los pensionistas militar y policial bajo el regimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial, y la Bonificacion Extraordinaria a favor de los pensionistas, militares y policiales, comprendidos en el Decreto de Urgencia Nº 014-2012; se financien con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantia MORDAZA de Pensiones Militar Policial, creado por el Decreto de Urgencia Nº 059-2011, y conforme a los procedimientos establecidos en dicha MORDAZA, segun corresponda; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, mediante los Oficios Nºs. 848-2012-IN0101, 564-2012-MINDEF/VRD/E y 1294-2012-MINDEF/ DM, los Ministerios del Interior y de Defensa solicitan, entre otros, se autoricen los recursos necesarios para financiar en los presupuestos institucionales de los pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa, la aplicacion de lo dispuesto en el numeral 9.2 del articulo 9º del Decreto de Urgencia 016-2012, cuyo costo estimado asciende a la suma total de SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 478 729,00), correspondiendo la cantidad de CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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