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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de julio de 2012 470611 las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26979 “Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva”, Ley Nº 27204, el Decreto Legislativo Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa”, y de Remuneraciones del Sector Público” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asimismo, se designó a la Comisión encargada de dicho Concurso; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 021 de fecha 15 de mayo del 2012, se aprobó las Bases del Concurso Público de Mérito y anexos, destinadas a la Contratación por reemplazo de Un (01) Ejecutor Coactivo y Dos (02) Auxiliares Coactivos, para la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, el cargo de Ejecutor Coactivo y de Auxiliares Coactivos, serán cubiertos por nombramiento y/o contratación, conforme lo señala la Ley Nº 27204, previo Concurso Público, para cumplir con las funciones y/o actividades que dispone la Ley Nº 26979 “Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva” cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, plazas que se encuentran consideradas en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico del Personal (PAP), contando con el fi nanciamiento correspondiente para su ejecución; Que, mediante Informe Nº 002-2012-MDA-CCP de la Comisión de Concurso Público de Méritos, emite el cuadro de méritos, adjuntado la información sustentatoria, así como los nombres de los postulantes y los que resultaron ganadores para cubrir las plazas vacantes de un (01) Ejecutor Coactivo y, Dos (02) Auxiliares Coactivos para la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate, proceso que se desarrolló siguiendo el procedimiento aprobado en las Bases del Concurso Público de Méritos; Que, los postulantes que resultaron seleccionados mediante Concurso Público de Meritos Nº 001-2012-MDA/ EC-AC deberán ser contratados a partir del 02 de Julio del presente año, en las plazas de un (01) Ejecutor Coactivo; y Dos (02) Auxiliares Coactivos respectivamente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 26979 “Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva”, Ley Nº 27204 y la Ley Nº 29812 “Ley del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2012” es procedente la Contratación de un (01) Ejecutor Coactivo; y Dos (02) Auxiliares Coactivos para la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Proveído Nº 1389-2012/MDA/GM de Gerencia Municipal, señala se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER; la Contratación por reemplazo, a partir del 02 de julio del presente año a don William Guevara Chota, en el cargo de Ejecutor Coactivo I, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a las condiciones establecidas en el Concurso Púbico de Méritos Nº 001-2012-MDA-EC/AC, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la Contratación por reemplazo, a partir del 02 de julio del presente año a los señores Ronald Manuel Rojas Sánchez y Yuri Frank Romero Romero, en el cargo de Auxiliar Coactivo I, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a las condiciones establecidas en el Concurso Púbico de Méritos Nº 001-2012-MDA-EC/AC, en mérito a los considerandos antes expuestos.. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Administración Tributaria, y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 814509-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Programa Residencial Villa Fátima RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 413-2012/GDUR-MDC Carabayllo, VISTO; El Exp. Nº 7488-2009, de fecha 31 de julio del 2009, Documento Nº 5552 de fecha de fecha 16 de marzo del 2012, presentado por El CONSORCIO INMOBILIARIO ROJAS AGUADO S.A.C, debidamente representado por su Gerente General Sr. EZIO DEMETRIO ROJAS AGUADO. Solicita la Aprobación de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada de la PROGRAMA RESIDENCIAL VILLA FATIMA, desarrollado sobre el terreno de 6,955.65 m2, constituido por la Parcela N° 62A, Código Catastral Nº 0010505, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fi nes. CONSIDERANDO: Que, el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades menciona que es competencia de la Municipalidad en materia de organización de Espacio Físico – Uso del Suelo, la habilitación urbana. Que, de acuerdo a lo establecido en numeral 3.6.1. del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; en el que se establece que es una función específi ca y exclusiva de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, así como realizar la fi scalización de las Habilitaciones Urbanas. Que, mediante el Expediente Nº 7488-2009 de fecha 31 de julio del 2009, Documento Nº 5552-2012, de fecha 16 de marzo del 2012, presentado por El CONSORCIO INMOBILIARIO ROJAS AGUADO S.A.C, debidamente representado por su Gerente General Sr. EZIO DEMETRIO ROJAS AGUADO. Solicita la Aprobación de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del PROGRAMA RESIDENCIAL VILLA FATIMA, desarrollado sobre el terreno de 6,955.65 m2, constituido por la Parcela N° 62A, Código Catastral Nº 0010505, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fi nes. Que el mencionado terreno se encuentra denominado como Parcela 62A, código catastral Nº 0010505, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón debidamente registrado en la Partida P01327117 del Registro predial Urbano y tiene un área de 6,955.65 m2, dominio de dicho inmueble corresponde a CONSORCIO INMOBILIARIO ROJAS AGUADO S.A.C. Tal como se acredita con la copia literal que obra en el expediente. Que, según la partida Nº 11867787, de inscripciones de sociedades anónimas, correspondiente al Consorcio Inmobiliario Rojas Aguado S.A.C, como constan inscrito en el asiento A00001, SE INDICA COMO Gerente General al Sr. EZIO DEMETRIO ROJAS AGUADO. Que, con Declaración Jurada de habilidad, fi rmada por el Profesional Responsable del Proyecto Ing. Iovan Javier