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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2012 (21/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2012 471025 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 21080, el Perú aprobó la suscripción de la Convención para el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, cuyo objetivo principal es la protección de las especies de fauna y fl ora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha Convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2008-MINAM que modifi ca el Reglamento para la Implementación de la Convención Internacional para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2005-AG, en su artículo 12º establece que el Ministerio de Agricultura es la Autoridad Administrativa CITES – Perú para los especímenes de las especies de fauna y fl ora silvestres incluidos en los Apéndices I, II o III de la Convención; Que, el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, establece que el Ministerio de Agricultura ejerce la autoridad administrativa de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres – CITES para los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, mediante Notifi cación a las Partes No. 2012/035, la Secretaría de la Convención CITES a nombre del Sr. Øystein Størkersen de Noruega, Presidente del Comité Permanente, comunica a las Partes que la 62ª reunión del Comité Permanente se celebrará en Ginebra, Suiza, del 23 al 27 de julio de 2012; Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de julio, el Sr. Antonio Matamoros, coordinador de Medio Ambiente de la Secretaria Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) indica que cubrirá los costos de pasajes, alojamiento y alimentación que irrogue el mencionado viaje; Que en la mencionada reunión se tratarán temas relacionados a la Convención como son temas administrativos, negociaciones administrativas entre las partes para emisión de Resoluciones, cuestiones estratégicas, de interpretación y aplicación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, y aspectos de naturaleza regional, siendo los de mayor trascendencia e interés para el país la gestión de la caoba y la reunión del grupo de trabajo de los medios de subsistencia de la CITES, que el Perú preside; Que, en tal sentido, resulta necesaria la participación de una profesional de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, en su calidad de Autoridad Administrativa CITES- Perú, en la precitada reunión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de los Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la Bióloga Ella Karina Ramírez Cuadros, especialista de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, a la ciudad de Ginebra, Suiza del 21 al 28 de julio del presente, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán efectuados con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: ELLA KARINA RAMIREZ CUADROS Pasajes (Clase económica) US$ 2514.00 Viáticos US$ 1820.00 Total US$ 4334.00 Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de su retorno al país, la referida servidora deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 817722-1 Prorrogan reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 288-2012-ANA Lima, 13 de julio de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 2012-GG-PERPG/GRM, mediante el cual el Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, solicita la prórroga de la reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, según el numeral 5 del artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, asimismo, el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos, concordado con el artículo 206º de su Reglamento, establece que la reserva de recursos hídricos es un derecho especial intransferible, consistente en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superfi cial o subterránea, por un plazo determinado, con la fi nalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2008-AG, se reservó a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, las aguas superfi ciales provenientes de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune afl uentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huaracane y Torata afl uentes de la cuenca del río Moquegua, por el plazo de dos (02) años, por un volumen anual de 95.512 MMC, volumen que incluye el caudal ecológico de los ríos en mención; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 006-2010- ANA, se prorrogó por dos (02) años adicionales, la reserva de agua señalada en el considerando precedente, por un volumen anual de 92,005 hm3 a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande, hasta el 12.01.2012; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con Informe Técnico Nº 022- 2012-ANA-DCPRH-ERH-SUP/GPT, concluye que es procedente prorrogar la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, provenientes de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune afl uentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huaracane y Torata afl uentes de la cuenca del río Moquegua, por un volumen anual de 92,005 hm3 que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de reserva; Que, en consecuencia, corresponde prorrogar la reserva de recursos hídricos dispuesta mediante Decreto