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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2012 (21/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de julio de 2012 471031 Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 817896-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el financiamiento de la ejecución de Proyectos de Inversión Pública de infraestructura urbana DECRETO SUPREMO Nº 125-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; así como, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 2.2 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 016-2012 a través del cual se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, autoriza, excepcionalmente, hasta el 31 de agosto del presente año, entre otras, medidas para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión en materia de salud, agricultura, educación, deporte, saneamiento e infraestructura urbana, las cuales se sujetan a los procedimientos establecidos en el artículo 11° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, según corresponda; Que, el artículo 11° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que en el citado Año Fiscal, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, mediante el Ofi cio N° 1286-2012/VIVIENDA-SG, de fecha 17 de mayo de 2012, se remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, a favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de S/. 5 924 977,00; correspondiendo de dicho importe la suma de S/. 4 135 696,00, para ser destinada al fi nanciamiento de la ejecución de cuatro (04) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana en el departamento de Cajamarca, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, los cuales cuentan con los Convenios suscritos correspondientes; Que, a través del Ofi cio N° 1411-2012/VIVIENDA-SG, de fecha 24 de mayo de 2012, se remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, a favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de S/. 97 890 633,00; correspondiendo de dicho importe la suma de S/. 57 968 883,00, para ser destinada al fi nanciamiento de la ejecución de dieciocho (18) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana a nivel nacional, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, los cuales cuentan con los Convenios suscritos correspondientes; Que, con Memorándum Nº 1601-2012/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 62 104 579,00, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos, Actividad 5.001783: Gestión para la Promoción y Desarrollo de Barrios Urbanos Marginales; para fi nanciar la Transferencia de Partidas destinada al fi nanciamiento de la ejecución de veintidós (22) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana a nivel nacional, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, los mismos que cuentan con los convenios suscritos correspondientes; en mérito de lo cual, con Ofi cio N° 1792-2012-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de los recursos correspondientes; De conformidad con lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 016-2012; el artículo 11° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 62 104 579,00 (SESENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de la ejecución de veintidós (22) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana a nivel nacional, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PRODUCTO 3.999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5.001783 : Gestión para la Promoción y Desarrollo de Barrios Urbanos Marginales