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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2012 471645 según se indica en el Informe Nº 057-2012-MDLP/OPP; Que, con la fi nalidad de garantizar la gestión integral y manejo sostenible de los residuos sólidos y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en esta jurisdicción distrital, es necesario contar con el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, que partiendo del diagnóstico de la situación de residuos sólidos, establezca objetivos, estrategias y metas necesarias, para el corto, mediano y largo plazo que permitan asegurar una efi ciente y efi caz prestación de servicios de limpieza pública, desde la generación hasta la disposición fi nal de los residuos sólidos; Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 073-2012-MDLP/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Artículo 1º.- Aprobar la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) del distrito de La Punta, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Secretaria General y Archivo la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la Información – UTI, la publicación de la Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe), y Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta. gob.pe). Artículo 5º.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 819981-1 Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04 La Punta, 24 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 003-016 del 2012 y el Informe Nº 085-2012-MDLP/GSC de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los numerales 4.1 y 4.5 del artículo 80º de la Ley Nº 27972 antes citada, establecen que las municipalidades, administran y reglamentan el servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, entre otros, cuando estén en capacidad de hacerlo; Que, con Informe Nº 085-2012-MDLP/GSC, la Gerencia de Servicios a la Ciudad presenta para su aprobación el Programa de Segregación en la Fuente, el mismo que ha sido elaborado de forma participativa en el marco de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de La Punta, según consta en el Acta Nº 001-2012-MDLP/ CAMUN del 28 de junio 2012, que fuera revisado por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto según se indica en el Informe Nº 057-2012-MDLP/OPP; Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés del vecindario; Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 073-2012-MDLP/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley antes mencionada; DECRETA: Artículo 1.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente en el Distrito de La Punta-Callao, que forma parte del presente Decreto. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad a través de la División de Medio Ambiente y División de Limpieza Pública y Áreas Verdes, el cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 819982-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA Autorizan viaje de Alcalde y funcionarios de la Municipalidad para participar en evento que se realizará en Brasil ACUERDO DE CONCEJO Nº 154-07-2012-MPT Talara, veinticuatro de julio del dos mil doce VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 18- 07-2012 de fecha 24 de julio del 2012, la Aprobación de Autorización de Viaje al Exterior (Brasil) del señor Alcalde Dr. Rogelio Trelles Saavedra, del Gerente Municipal Ing. Manuel Delly Mendoza y la Abogada Milagritos Melisa Mónica Montoya Fernández - Jefa Ofi cina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: • Que, Mediante Carta Nº 00100/MTI-CWB2, el IIDEL, Instituto Internacional para el Desarrollo Local, remite información referente a la “Misión sobre Capacitación Municipal sobre Cooperación Técnica Internacional, Recaudación de Fondos y construcción de Alianzas Estratégicas para Proyectos de Desarrollo Sostenible”, misma que se desarrollará en la Ciudad de Curitiba, Estado de Paraná, República Federativa de Brasil, entre los días 01 al 03 de agosto, para lo cual se debe programar la llegada de los participantes el martes 31 de julio y el retorno el sábado 04 de agosto. Indicando que el costo de participación es de $ 2200.00 (dos mil doscientos dólares americanos), pudiendo acceder a una beca del 50%, previa evaluación. Gestionadas las becas, el IIDEL, otorga las mismas a ambos solicitantes; • Que mediante Informe Nº 343-07-2012-UT-MPT la Ofi cina de Tesorería indica que conforme al cálculo de viáticos, mismo que ascienden a S/. 8,950.22 soles por persona;