Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2012 (28/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente Lurin Cercado de la Municipalidad Distrital de Lurin
(Se publica el Decreto de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Lurin mediante Carta Nº 338-2012-SG/ML, recibida el 26 de MORDAZA de 2012) DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2011-ALC/ML Lurin, 25 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 499-2011-GSC/ML de la Gerencia de Servicios Comunales, el Informe Nº 408-2011-GSC/ SGMA/ML de la Sub Gerencia de Medio Ambiente y Limpieza Publica, referente al Programa de Segregacion en la Fuente Lurin Cercado;. CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos la Gerencia de Servicios Comunales, pone a consideracion el Programa de Segregacion en la Fuente- Lurin Cercado de la Municipalidad Distrital de Lurin. Que mediante Ordenanza Nº 227/ML se aprobo El Plan de Manejo de Residuos Solidos, que en su Articulo MORDAZA autoriza al Senor MORDAZA para que, via Decreto de Alcaldia, efectue las adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan aprobado. Que los numerales 3.1) y 3.2) del articulo 80° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, el Articulo 10° del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos; Establece: Del Rol de las Municipalidades, "Implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada". Asi mismo establece que las Municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes. De conformidad con lo establecido en el Articulo 9° inciso 8) y Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972, se aprobo el siguiente: DECRETO: Articulo Primero.- APROBAR el Programa de Segregacion en la Fuente Lurin Cercado de la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del Programa de Segregacion en la Fuente Lurin Cercado de la Municipalidad Distrital de Lurin en el MORDAZA Web Institucional de la Municipalidad de Lurin. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Servicios Comunales, Sub Gerencia de Medio Ambiente y Limpieza Publica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819968-1

Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2012-ALC/ML Lurin, 24 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 670-2012-GSC/ML de la Gerencia de Servicios Comunales, el Informe Nº 575-2012-GSC/ SGMA/ML de la Sub Gerencia de Medio Ambiente y Limpieza Publica, referente al Programa de Segregacion en la Fuente MORDAZA Alejandro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos la Gerencia de Servicios Comunales, pone a consideracion el Programa de Segregacion en la Fuente- MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin. Que, mediante Ordenanza Nº 227/ML se aprobo El Plan de Manejo de Residuos Solidos, que en su Articulo MORDAZA autoriza al senor MORDAZA para que, via Decreto de Alcaldia, efectue las adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan aprobado. Que, los numerales 3.1) y 3.2) del articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos; Establece: Del Rol de las Municipalidades, "Implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada". Asi mismo establece que las Municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes. Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º inciso 8) y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 27972, se aprobo el siguiente: DECRETO: Articulo Primero.- APROBAR el Programa de Segregacion en la Fuente MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Segundo.-DISPONER la publicacion del Programa de Segregacion en la Fuente MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurin en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Web Institucional de la Municipalidad de Lurin. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Servicios Comunales, Sub Gerencia de Medio Ambiente y Limpieza Publica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 819970-1

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