Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2012 (07/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2012

De la solicitud de Constancias de Posesion: · Para fines administrativos (solo personas naturales; no juridicas). · MORDAZA del DNI del poseedor o poseedores (sociedad conyugal o convivencia). · No significa reconocimiento de propiedad, ni titulo de propiedad ni conformidad tecnica. · Plano de ubicacion y localizacion de la organizacion a la que pertenece. · Formato de ubicacion adjunto indicando linderos y colindantes. · Pago por derecho de tramite, pago unico de S/. 20.00 nuevos soles. · Declaracion Jurada de no existir MORDAZA judicial sobre derecho de propiedad del inmueble. · Informe de Defensa Civil de predios ubicados en MORDAZA de riesgo, y pendientes mayores a 15°, otros (en que presenten de manera individual) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de un (01) ano contando a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; facultandose el senor MORDAZA para que a traves de Decretos de Alcaldia correspondientes, proceda a su prorroga y/o reglamentacion que corresponda. Segunda.- Las Constancias de Posesion Especial consignaran expresamente en su texto que las mismas son validas para la tramitacion de servicios basicos de luz, agua y desague. Tercera.- Dispongase que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA elabore un Proyecto para la elaboracion de Planeamientos Integrales en el distrito, a fin de establecer las areas de uso publico en estos sectores y ser inscritos en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, los que tendran una vigencia no menor de 5 anos, por ser de su competencia. Cuarta.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participacion Ciudadana y Programas Sociales, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, las acciones correspondientes a fin de implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. Dado en el Palacio Municipal a los diecisiete dias del mes de febrero del dos mil doce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 759700-1

Visto, el Dictamen Nº 001-2012-CR-CM-MDS de fecha 01.FEB.2012 emitido por la Comision de Rentas del Concejo Municipal, Informe Nº 013-2012-GR-MDS 01.FEB.2012 emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 194, 195 numeral 4) y 196 numeral 3) de la Constitucion Politica del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nro. 27680 y Nro. 28607, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios tasas, licencias y derechos municipales, de conformidad con los articulos 191 y 192 numerales 2) y 3) de la Constitucion Politica, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar y el articulo 41 del Codigo Tributario. Que, el articulo 40 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura juridica municipal, por medio de la cuales se aprueban entre otros temas, las materias en la que las municipalidades tienen competencia normativa, y que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales para su entrada en vigencia; Que, por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, en su Cuarta Disposicion Final senala que, las Municipalidades que brinden el servicio emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determino el valor de la UIT para el periodo 2012 fijandose en Tres Mil Seiscientos Cincuenta Nuevos Soles (S/.3,650.00); Que, mediante la Ordenanza Nº 1533-MML, publicada con fecha 27 de junio de 2011, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la provincia de MORDAZA, la misma cuyo contenido ha sido aplicado en la elaboracion de la presente Ordenanza; Que, el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con fecha 30 de junio de 2011, publico la Directiva Nº 001-006-000000015, mediante la cual se establece el procedimiento para la determinacion de los costos de los servicios aprobados en Ordenanzas Tributarias Distritales de la Provincia, la misma cuyo contenido ha sido considerado en la elaboracion de la presente Ordenanza; Que, estando al Dictamen de la Comision de Rentas y, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 40º de la citada Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la aprobacion unanime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA FIJA EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES DE SURQUILLO PARA EL EJERCICIO 2012 Articulo 1º.- Derechos de Emision del Impuesto Predial.- FIJESE en S/.4.00 (Cuatro 00/100 Nuevos Soles) el derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Fijan derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores de los tributos municipales para el ejercicio 2012
ORDENANZA Nº 272-MDS Surquillo, 3 de febrero de 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO

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