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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de marzo de 2012 462139 Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre temporal de agencias ubicadas en los departamentos de Cajamarca y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1382 2012 Lima, 24 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, y Memorándum SABM Nº96-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 19 de marzo y el 20 de mayo de 2012, de la agencia El Quinde, ubicada en Jr. Sor Manuela Gil 151 Barrio Nuevo, distrito, provincia y departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 760023-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1383-2012 Lima, 24 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, y Memorándum SABM Nº96-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 31 de marzo y el 15 de mayo de 2012, de la agencia Torre América, ubicada en Calle América esquina con Sebastián Barranca Nº1435 – 1439, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 760023-2 Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de agencias en los departamentos de Lima y San Martín RESOLUCIÓN SBS Nº 1384 -2012 Lima, 24 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, y Memorándum SABM Nº 96-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. la apertura de la agencia Los Ruiseñores, ubicada en la Av. Los Ruiseñores Mz. U, lote 08, Urb. Santa Anita, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 760023-3 RESOLUCIÓN SBS Nº 1385-2012 Lima, 24 de febrero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema