Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2012 (07/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462141

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 272-MDS que fija el monto por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2012 en el distrito de Surquillo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 418 MORDAZA, 28 de febrero de 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del 2012, el Oficio Nº 001-090-00006573 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº272-MDS que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de Surquillo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con caracter de Declaracion Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000459 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio del 2011, debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Surquillo preve percibir, producto de la emision mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 80.95% y 93.46%, respectivamente de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº33-2012- MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 272-MDS que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de Surquillo, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidas en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion; asi como del texto integro de la Ordenanza ratificada Nº272-MDS y sus anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y de estimacion de ingresos, respectivamente. La aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de

exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 760637-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Amplian plazo para el pago de los Tributos Municipales Ejercicio 2012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2012-ALC-MDL Lince, 29 de febrero del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE VISTO: El Memorandum Nº 102-2012-MDL/OAT de la Oficina de Administracion Tributaria, el Informe Nº 119-2012-MDL/ OAJ y el Vº Bº de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en sus articulos 74º y 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 306-MDL de fecha 18 de enero de 2012 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de enero de 2012, se Fijo en el Distrito de Lince, el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago correspondiente al Ejercicio 2012; Que, estableciendose Beneficios por pronto pago de los Arbitrios Municipales para el presente ano, entre los cuales se determina que los contribuyentes que cumplan con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2012 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial recibiran un descuento del 15% y si cancelen un Semestre completo recibiran el 10% de descuento; Que, se establecieron ademas, las fechas de vencimiento del pago de Impuesto Predial hasta el 29 de febrero (pago al contando) y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas, venciendo la primera cuota el 29 de febrero y respecto a los Arbitrios Municipales el 29 de febrero como fecha de cancelacion de los meses de enero y febrero; Que, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 306-MDL que faculta, al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la citada Ordenanza, asimismo para disponer la prorroga de este Beneficio de ser el caso; la Oficina de Administracion Tributaria estima pertinente la ampliacion del plazo de Fechas de Vencimiento e Incentivos por Pronto Pago; Que, asimismo teniendo en cuenta los innumerables pedidos de contribuyentes, solicitando la ampliacion de los plazos establecidos, por encontrarse en procesos de pagos ­ matriculas escolares, pagos tributarios del Gobierno Central entre otros, siendo responsabilidad de la Municipalidad facilitar a los contribuyentes el cumplimiento oportuno en la cancelacion de sus obligaciones tributarias municipales;

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