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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2012 (11/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2012 462383 el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la contribución del año 2012, al Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos - Programa ADAI; CONSIDERANDO: Que el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota anual el año 2012, al Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos - Programa ADAI, con cargo al presupuesto del Archivo General de la Nación; De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Archivo General de la Nación, a efectuar el pago de € 8,500.00 (OCHO MIL QUINIENTOS y 00/100 EUROS) al Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos - Programa ADAI, correspondiente a la cuota del año 2012. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Archivo General de la Nación. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 762472-10 Designan Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 055-2012-RE Lima, 10 de marzo de 2012 VISTOS: El Acuerdo N° 004-2012-CD/APCI de la III Sesión del Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y la propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27692 se creó la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) como Organismo Público Descentralizado, ahora Organismo Público Ejecutor conforme a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y ente rector de la cooperación técnica internacional adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 7 inciso j) de la Ley N° 27692, modificada por la Ley N° 28925 y el artículo 9 inciso g) del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, establecen como una de las funciones del Consejo Directivo designar al Director Ejecutivo a propuesta del Ministro de Relaciones Exteriores; Que, por Acuerdo N° 004-2012-CD/APCI de la III Sesión del Consejo Directivo de la APCI se designa al señor Luis Humberto Olivera Cárdenas como Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 - que regula el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional- APCI, y modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, aprobado por Decreto Supremo 028-2007- RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Luis Humberto Olivera Cárdenas como Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 762472-11 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la Escuela de Conductores Control Total S.A.C. a impartir cursos de capacitación para la obtención de licencia de conducir clase A categoría I RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 479-2012-MTC/15 Lima, 1 de febrero de 2012 VISTOS: Los Expedientes con Reg. SII Ns° 2011-0019828 y 2012-0000616, presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES CONTROL TOTAL S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 4133- 2011-MTC/15 de fecha 02 de noviembre de 2011, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES CONTROL TOTAL S.A.C., con RUC N° 20544848527, con domicilio en Av. Alfredo Mendiola N° 3713, 1°, 2° y 3° Piso, Urb. Panamericana Norte, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener