Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2012 (15/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senor MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, el 17 de marzo de 2012, para participar en la Reunion Ordinaria del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de UNASUR. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promocion, Ejecucion y Evaluacion de las Acciones de Politica Exterior, debiendo presentar la rendicion de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasajes Viaticos Numero Total Clase Economica por dia de viaticos US$ US$ dias US$ 1,765.00 200.00 1+1 400.00

MORDAZA MORDAZA Roncagliolo MORDAZA

Articulo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al senor MORDAZA MORDAZA Otarola Penaranda, Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 764231-1

Analisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiologica de la Direccion de Sanidad Animal remite la evaluacion epidemiologica sobre rabia al ano 2011; y, Que, el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria establece entre sus objetivos, la prevencion, el control y la erradicacion de plagas y enfermedades en vegetales y animales que representan riesgo para la MORDAZA, la salud de las personas y los animales y preservacion de los vegetales; Que, el articulo 10º de la Ley General de Sanidad Agraria indica que el SENASA tendra a su cargo, directamente o a traves de terceros, la organizacion, coordinacion, promocion, supervision y ejecucion de campanas fito y zoosanitarias de importancia y alcance nacional; Que, el articulo 10º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, refiere que el objetivo de las campanas fito y zoosanitarias oficiales es la prevencion, establecimiento de niveles de baja prevalencia o erradicacion de plagas y enfermedades que afectan a los vegetales y animales; Que, segun el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre sus objetivos reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la produccion agraria; Que, segun el documento del visto, la Rabia en los herbivoros llamada tambien Rabia Paresiante o Paralitica, es una enfermedad infecciosa con incidencia en el MORDAZA principalmente en el ganado bovino, equino, porcino y caprino, produciendo MORDAZA perdidas economicas en los productores; Que, la indicada enfermedad ha sido reportada en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Ucayali, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y Puno; por lo que se requiere oficializar la MORDAZA de vacunacion que permitira la eficiencia en cobertura, el cumplimiento del calendario y, en general, la optimizacion de la actividad de vacunacion a nivel de las Direcciones Ejecutivas del SENASA; Que, la Direccion de Sanidad Animal viene ejecutando la Unidad Basica de Gestion "Prevencion y Control de Rabia de los herbivoros" a nivel de los departamentos MORDAZA mencionados, incluyendo dentro de sus actividades la educacion sanitaria de los productores, la vigilancia epidemiologica activa y la vacunacion del ganado susceptible a la enfermedad; Que, en consecuencia se hace necesario oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra la Rabia de los herbivoros en las zonas o areas de riesgo de los departamentos para el presente ano, a fin de otorgar un MORDAZA sanitario oficial de esta actividad y proteger a las especies susceptibles a esta enfermedad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 008-2005AG, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, y con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra Rabia de los herbivoros en las zonas o areas de riesgo de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Ucayali, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA para el ano 2012, para lo cual las Direcciones Ejecutivas de dichos departamentos estableceran la estrategia de vacunacion, asi como los ambitos de las provincias y distritos que seran atendidos en la MORDAZA, de acuerdo a los antecedentes epidemiologicos de la enfermedad. Articulo 2º.- Las Direcciones Ejecutivas senaladas en el Articulo 1º coordinaran con las entidades publicas afines y con los ejecutores de la actividad privada, a fin de realizar la MORDAZA de Vacunacion, para lo cual podran suscribir convenios de cooperacion y apoyo para la ejecucion de esta actividad, en los que se estableceran los compromisos de las entidades publicas y de la actividad privada participantes de cumplir con la normativa vigente relacionada al tema. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA F. HALZE MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 764174-1

AGRICULTURA
Oficializan la MORDAZA de Vacunacion contra Rabia de los herbivoros en las zonas o areas de riesgo de diversos departamentos del MORDAZA para el ano 2012
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0004-2012-AG-SENASA-DSA 6 de marzo de 2012 VISTO: El Informe Nº 0008-2012-AG-SENASA-DSASARVE-WVALDERRAMA de fecha 2 de marzo de 2012 de la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiologica de la Direccion de Sanidad Animal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0008-2012-AG-SENASADSA-SARVE-WVALDERRAMA, la Subdireccion de

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