Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2012 (15/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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los dias reales y efectivos de servicio en el exterior desde la MORDAZA del cargo y hasta su termino, salvo lo previsto en el Articulo 6° de la presente Resolucion. Articulo 5°.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 764231-3

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Delegan diversas facultades y atribuciones al Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio durante el ejercicio fiscal 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 040-2012-MIDIS MORDAZA, 13 de marzo de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 064-2012-MIDIS/SG/OGA, de fecha 07 de marzo de 2012, presentado por el Jefe de la Oficina General de Administracion, mediante el cual solicita la delegacion de facultades en la oficina a su cargo a efectos de agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento del Ministerio. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y se determina su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica. Asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusion Social (SINADIS) como sistema funcional; Que, el articulo 12 de la Ley Nº 29792 senala que el Ministro de Desarrollo e Inclusion Social es la mas alta autoridad politica del sector desarrollo e inclusion social y la mas alta autoridad ejecutiva del ministerio; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de la Entidad es la mas alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegacion, cuando asi lo establezca expresamente la Ley General de Presupuesto del Sector Publico y/o la MORDAZA de creacion de la Entidad;

Que, el articulo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, senala que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que dichas normas le otorgan, no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, el articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el literal e) del articulo 12 de la Ley Nº 29792 dispone que el Ministro de Desarrollo e Inclusion Social ejerce las funciones que le asigne la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 007-2012MIDIS, de fecha 2 de enero de 2012, se delego en la Secretaria General del Ministerio, para el ejercicio fiscal 2012, una serie de facultades en materia presupuestal, planeamiento, inversiones, contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa en general. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 34 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS, la Oficina General de Administracion es el organo de apoyo encargado de la operacion y funcionamiento de los sistemas administrativos del Ministerio para la eficaz implementacion y ejecucion de sus politicas, y tiene a su cargo la administracion de los recursos humanos, financieros, logisticos y patrimoniales; Que, es necesario para agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento del Ministerio, delegar ciertas facultades en materia presupuestal, contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa al Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF; y la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, durante el ejercicio fiscal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora Nº 001, las siguientes facultades y atribuciones: a) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por el Ministerio, contenidas en las leyes anuales de presupuesto publico, y demas normas complementarias vinculadas a la materia. b) Las facultades reconocidas al Titular de la Entidad en relacion al "Proceso de Seleccion para Agilizar las Contrataciones de Bienes y Servicios para la Implementacion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social", regulado en el Anexo II de la Ley Nº 29792, cuando dicho MORDAZA de seleccion sea convocado por el Ministerio; con excepcion de la emision de pronunciamientos y la resolucion de recursos de apelacion, que seran facultad de la Secretaria General. c) Aprobar los expedientes de contratacion de los procesos de seleccion a ser convocados por el Ministerio, asi como de aquellos procesos de seleccion que deban

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