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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2012 (15/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2012 462528 ser convocados por Entidades con las cuales se haya suscrito un convenio de encargo. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales, ad hoc y permanentes, que conducirán los procesos de selección, así como modifi car la composición de los mismos, dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico. e) Aprobar las bases de los procesos de selección a ser convocados por el Ministerio, excepto en los casos de adjudicaciones de menor cuantía cuando el proceso sea conducido por un comité especial, en cuyo caso las bases serán aprobadas por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística. f) Aprobar las bases de las exoneraciones autorizadas por el Ministerio; así como de aquellos procesos de selección que deban ser convocados por Entidades con las cuales se haya suscrito un convenio de encargo. g) Aprobar el expediente de contratación y bases de los procesos de selección cuando el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social actúe en compras corporativas facultativas como entidad encargada. h) Cancelar los procesos de selección que sean convocados por el Ministerio, de conformidad con lo establecido en las normas de contrataciones del Estado. i) Suscribir los contratos para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra, incluyendo los provenientes de exoneraciones; así como sus adendas en razón de adicionales y/o reducciones, ampliaciones de plazo, y cualquier otra modifi cación posterior, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado. j) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de las mismas respecto de los contratos suscritos por el Ministerio, en el caso de bienes, servicios y consultoría de obras, de conformidad con lo establecido en las normas de contrataciones del Estado. k) Aprobar las ampliaciones de plazo en los contratos para la ejecución de obras o consultoría de obras, quedando en el funcionario a cargo de la Ofi cina de Logística la facultad de autorizar ampliaciones de plazo en los contratos para la adquisición de bienes o la contratación de servicios; dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico. l) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias, de acuerdo a la normativa de contrataciones del Estado. m) Resolver los contratos suscritos para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras, incluyendo los provenientes de exoneraciones, de conformidad con lo establecido en la normativa sobre contrataciones del Estado. n) Autorizar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que excedan el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%) en los procesos de selección para la ejecución de obras. o) Suscribir los convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio y Desarrollo e Inclusión Social o bajo administración estatal. p) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que daban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de las contrataciones estatales. q) Autorizar, resolver y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de la asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectifi cación de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y toda aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta su nivel F-3, Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento y modifi catorias. r) Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislativo Nº 1057, así como sus adendas y resolución. s) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentación que resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previsto en el presupuesto institucional. t) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de los órganos a su cargo. Artículo Segundo.- El Jefe de la Ofi cina General de Administración está obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaría General respecto de las actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 007-2012-MIDIS en los extremos relativos a las facultades delegadas mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 763727-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, en representación de la SBS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2012-EF Lima, 14 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 072-2011- EF se designó como miembro del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, entre otros, al señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, en representación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS; Que, el señor Jorge Dámaso Mogrovejo González ha presentado renuncia a dicho cargo, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 26126, Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, como miembro de Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, en representación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 764230-3