Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2012 (17/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Establecer como politica en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, la obligatoriedad del cumplimiento de las acciones de prevencion y denuncia de los casos de Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes y personas desaparecidas. Articulo 3º.- Constituir la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes de la Region MORDAZA, integrada por los siguientes miembros: Un representante de la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, quien la presidira; Un representante de la Gerencia Regional de Salud; Un representante de la Gerencia Regional de Educacion; Un representante del MIMDES; Un representante de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo; Un representante de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; Un representante de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo; Un representante de la Gerencia Regional de Agricultura; Un representante del Ministerio Publico - Distrito Judicial de Arequipa; Un representante de la Corte Superior de Justicia; Un representante de la XI DIRTEPOL Arequipa; Un representante de la Defensoria del Pueblo; Un representante de la Coordinadora Regional de Derechos Humanos; Un representante de la Veeduria Ciudadana contra la Trata de personas. En un plazo de diez dias utiles despues de la designacion se instalara la Red Regional y se procedera a aprobar su propio reglamento y plan de trabajo. Articulo 4º.- La Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes, tendra las siguientes funciones: 4.1.- Elaborar propuestas de Politicas Regional contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes; 4.2.- Coordinar permanentemente a fin de que los sectores e instituciones integrantes den cumplimiento a lo establecido por la legislacion nacional y regional vigente; 4.3.- Desarrollar actividades conjuntas en la lucha contra la trata de personas; 4.4.- Desarrollar actividades de capacitacion y difusion a la poblacion sensibilizandola ante los casos de trata de personas y su prevencion; 4.5.- Elaborar el Plan de Prevencion Regional contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes de Arequipa; 4.6.- Apoyar al Sistema RETA con informacion captada por los sectores integrantes de la RED sobre los casos presentados en la Region de Arequipa; 4.7.- Coordinar y motivar la actualizacion de los registros de trata de personas y personas desaparecidas en la Policia Nacional del Peru; 4.8.- Promover acciones de prevencion y proteccion de victimas y testigos; 4.9.- Analizar la informacion procedente de los sectores Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Trabajo y Promocion del Empleo sobre el MORDAZA de personas y el registro de agencias privadas de trabajo y la colocacion del empleo de personas; 4.10.- Promover la atencion integral en los establecimientos de salud y centros de atencion a las victimas de trata de personas; 4.11.- Informar trimestralmente al Gobierno Regional de las acciones cumplidas por la Red; 4.12.- Comprometer a los operadores de justicia el cumplimiento de sus funciones promoviendo instrumentos legales y protocolos concertados que permitan la adecuada tipificacion de este delito posibilitando la persecucion eficaz de la trata de personas en la Region Arequipa. 4.13.- Crear un sistema estadistico para el levantamiento y sistematizacion de informacion acerca

de la problematica de trata de personas en MORDAZA, que incluya causas, posibilidades de control que permitan incidir sobre iniciativas publicas inclusivas orientadas a contrarrestar la vulnerabilidad de este sector poblacional. Articulo 5º.- Conformar, dentro de la Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes, un equipo tecnico de vigilancia permanente para el cumplimiento de la presente Ordenanza y de los acuerdos que se adopten dentro de la citada Red Regional. Articulo 6º.- Las Gerencias Regionales procederan a nominar a sus representantes mediante Resolucion correspondiente, los Organismos Autonomos por designacion directa, mientras que las instituciones de la sociedad civil la designacion sera a traves de aprobacion de Asamblea y con MORDAZA del acta respectiva. Articulo 7º.- Precisar dentro de las acciones de prevencion establecidas, lo siguiente: La Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo procedera, dentro de los Sesenta (60) dias de la publicacion de la presente Ordenanza a registrar a la totalidad de agencias de empleo de la region, en cumplimiento al D.S. 005-2003-TR, estando obligados a la remision trimestral de informacion estadistica laboral, relacionada con su oferta y demanda. La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones coordinara con la PNP, el cumplimiento de las acciones de vigilancia en el caso del traslado de menores, se identifiquen con D.N.I. o partidas de nacimiento. Asimismo, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones coordinara con los medios de comunicacion masiva de ambito regional, su participacion y contribucion en la difusion de las acciones de prevencion contra la trata de personas y trafico ilicito de migrantes. La Gerencia Regional de Educacion, desarrollara el tema de Trata de Personas en su programa curricular, a fin de que los docentes de las Instituciones Educativas de los niveles inicial, primaria y secundaria informen, sensibilicen e incentiven a los estudiantes y padres de familia, la responsabilidad en el cuidado personal, familiar y de su comunidad para evitar se presenten casos de Trata de Personas y Trafico Ilicito de migrantes. Las referidas Gerencias Regionales remitiran informe trimestral sobre el cumplimiento de lo establecido a la Red Regional, asi como la aplicacion de acciones correctivas. Articulo 8º.- Las politicas aprobadas por el Gobierno Regional, se incorporaran en el Plan de Desarrollo Concertado Regional y se promovera su incorporacion en los planes de desarrollo Local provincial y distrital de Arequipa. Articulo 9º.- Para cumplir lo senalado en el articulo 4, las gerencias regionales del Gobierno Regional de MORDAZA y organismos publicos descentralizados, que reciban informaciones sobre la materia, enviaran mensualmente la relacion de los casos detectados ya atendidos durante el mes anterior. Asimismo, las entidades privadas que tuvieran informacion respecto a los casos de trata de personas, proporcionaran la informacion necesaria que sirva para elaborar el informe semestral y anual de la Red Regional un mes MORDAZA de esas fechas. El 30 de noviembre de cada ano, el Gobierno Regional de MORDAZA presenta publicamente dicho informe, remitiendo un ejemplar a la Red Regional. Articulo 10º.- Disponer que el financiamiento de las actividades regulares de prevencion contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes, en sus diferentes estrategias, sea asumido en lo necesario, por las diferentes instituciones del Pliego del Gobierno Regional, segun su disponibilidad presupuestal. Articulo 11º.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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