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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de marzo de 2012 462932 desarrollo socioeconómico y sustentable en benefi cio de la población a ella vinculada; a lo largo de su desarrollo ha logrado la caracterización territorial de la cuenca, caracterización hídrica y estudios de adecuación de la oferta y la demanda ejecutados, valoración económica de los recursos hídricos realizada, promoción de las vocaciones y sistemas productivos aptos en el ámbito de la cuenca, realizada y en operación, investigación y desarrollo aplicado a las vocaciones productivas de la zona, con transferencia tecnológica apropiada, integración comercial entre el Departamento de Piura y la Provincia de Loja realizado, entre otros, benefi ciando a más de 585,052 habitantes de la Cuenca Catamayo- Chira, 393,565 en Perú y 191,487 en Ecuador; Que, la Co Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, del Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo Chira, con fecha 14 de marzo de 2012 comunica que se estará realizando la última reunión del Comité de Seguimiento y Evaluación el día 20 de marzo de 2012 en la ciudad de Loja en la República de Ecuador, señalando que es de suma importancia la presencia del Presidente Regional y funcionarios del Gobierno Regional Piura responsables del Proyecto en dicha reunión; por lo que Presidencia Regional solicita al Consejo Regional la respectiva autorización para el viaje en comisión de servicio del señor Andrés Vera Córdova, Asesor Presidencial, Econ. Verónica Luy Delgado, Sub Gerente Regional de Cooperación Técnica Internacional, y señor Juan Coronado Chinchay a partir del día 19 al 21 de marzo de 2012; Que, con Memorando Nº 0406-2012/GRP-480000- 480100 del 14 de marzo de 2012, la Ofi cina de Recursos Humanos precisa el monto por concepto de viáticos que le corresponderían a los señores funcionarios por la comisión de servicios a la ciudad de Loja en la República de Ecuador para asistir a la Reunión del Comité de Seguimiento y Evaluación del Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo Chira; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Extraordinaria Nº 06 - 2012, celebrada el día 14 de marzo del 2012, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la Ciudad de Loja en la República de Ecuador, al señor Sr. Andrés Vera Córdova, Asesor de Presidencia Regional, y Econ. Verónica Luy Delgado, Sub Gerente Regional de Cooperación Técnica Internacional, y Sr. Juan Coronado Chinchay, durante los días 19 al 21 de marzo de 2012, para participar de la Reunión del Comité de Seguimiento del Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Integral de la Cuenca Binacional Catamayo Chira, atendiendo la invitación realizada por la Co Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, evento enmarcado dentro de las acciones de promoción de importancia para el Perú. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Funcionarios: Total de días : 02 ($ 200.00 x día) Total : $ 400.00 (c/u de los funcionarios) Total Importe: $ 1,200.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los comisionados, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberá efectuar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que disponga las acciones administrativas para su implementación. Artículo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS GARUFI VIDAL Consejero Delegado Consejo Regional 766933-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza que fija monto por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes al ejercicio 2012 en el distrito de Pueblo Libre ACUERDO DE CONCEJO Nº 582 Lima, 13 de marzo de 2012 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo de 2012, el Ofi cio Nº 001-090-00006603 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 382-MPL que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de Pueblo Libre. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 004-181-00000474 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre prevé percibir, producto de la emisión mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.59% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº52-2012-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 382-MPL que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente