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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2012 (05/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de mayo de 2012 465772 y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y su modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 005- 2006-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, a Japón y a la República de Corea de Sur, del 06 al 13 de mayo de 2012, a fi n de acompañar al señor Presidente de la República Ollanta Moisés Humala Tasso, en la Visita Ofi cial de Trabajo que realizará al Japón y la Visita de Estado a la República de Corea del Sur. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso 1,950.00 260.00 8+2 2,600.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al al señor Luis Alberto Otárola Peñaranda, Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 785117-7 AMBIENTE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Mesa de Diálogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2012-MINAM Lima, 2 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2009- MIMDES, publicado el 23 de marzo de 2009, se creó la Mesa de Diálogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana, cuya función general es realizar el seguimiento de la obligación del Estado peruano de garantizar la existencia y autonomía de los pueblos indígenas, promover su desarrollo y asegurar que gocen de los mismos derechos y oportunidades que la legislación otorga a los demás miembros de la sociedad nacional, constituyendo un espacio representativo de consulta, cuya misión es coadyuvar el análisis y la búsqueda de acuerdos consensuados de los asuntos planteados por las organizaciones representativas que la agrupan y el Estado; Que, el artículo 2º del referido Decreto Supremo establece que la Mesa de Diálogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana se encuentra conformada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 090-2009- MINAM, publicada el 8 de abril de 2009, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la citada Mesa de Diálogo, siendo conveniente designar a los nuevos representantes; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo Nº 007-2008- MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones, y el Decreto Supremo Nº 002-2009-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante la Mesa de Diálogo Permanente entre el Estado y los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana creada por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MIMDES, según detalle: - Sr. Ernesto Francisco Raez Luna, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, representante Titular. - Sr. Alberto Martín Barandiarán Gómez, Asesor del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, representante Alterno. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 090-2009-MINAM. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 785062-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Mesa de Trabajo para la Formalización de la Minería Informal en el Corredor Minero de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2012-MINAM Lima, 2 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 080- 2012-PCM, publicada el 4 de abril de 2012, se formalizó la instalación y conformación de la Mesa de Trabajo denominada “Mesa de Trabajo para la Formalización de la Minería Informal en el Corredor Minero de Madre de Dios”, cuyo objetivo es agilizar los procesos de formalización en el referido corredor minero bajo el criterio de ventanilla única, en temas como el fortalecimiento de la Dirección Regional de Energía y Minas – DREM de Madre de Dios, la simplifi cación administrativa, la optimización y control de la Declaración Anual Consolidada, el registro de maquinarias sobre la base del inventario de la citada Dirección Regional y su posterior registro en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, así como agilizar el