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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466282 DICE: “Informe N° 001-2011-CEPAD-MDPH de fecha 11 de Febrero del 2011” DEBE DECIR:“Informe N°002-2012-CEPAD-MPDH de fecha 25 de Marzo del 2012” Que, este error material anteriormente mencionado, puede ser recti fi cado con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio a instancia de los administrados ya que no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión. RESUELVE:Artículo Primero.- Rectifíquese de O fi cio el Error Material en la Resolución de Alcaldía N° 271-2012 de fecha 11 de Abril de 2012, referido al párrafo que DICE: “Informe N° 001-2011-CEPAD-MDPH de fecha 11 de Febrero del 2011”, cuando DEBE DECIR : “Informe N° 002-2012-CEPAD-MPDH de fecha 25 de Marzo del 2012”, de acuerdo a lo previsto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Policía Municipal se noti fi que la presente Resolución conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 788427-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Establecen conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010 San Juan de Lurigancho, 23 de abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Memorándum Nº 464-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 156-12-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 74-2012-SGTTV-GDE/MDSJL de la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad; el Registro Nº 12950-C1-2012 y el Registro Nº 14830-F1-2012 presentado por la Federación de Transportistas de Vehículos Menores de San Juan de Lurigancho- FETRAVEMSJL; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el Artículo IV del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción;Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de la ordenanza, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ordenanza Nº 227 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 04.02.2012 se estableció la conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, integrada por tres (03) Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano, tres (03) Regidores de la Comisión de Servicios Públicos Locales, hasta cuatro (04) representantes de las organizaciones que agrupen cada uno a no menos del 25% del total de las personas jurídicas debidamente reconocidas por la Municipalidad y que se encuentran autorizadas a prestar el servicio de transporte público especial en vehículos menores en el distrito, un (01) representante de la Policía Nacional del Perú, así como tres (03) funcionarios de la Municipalidad, el Gerente de Desarrollo Económico, el Gerente de Asesoría Jurídica, y la Sub Gerente de Transporte, Tránsito y Vialidad; Estando a lo expuesto, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 156-12-GAJ/MDSJL y lo dispuesto en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero. - Establecer que los integrantes de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de San Juan de Lurigancho, conformada mediante Ordenanza Nº 227 de fecha 24.01.2012 serán los siguientes: REGIDORES DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO: • Regidor David Elías Nestares Silva Presidente • Regidor Teódulo Patricio García Richardzon• Regidor Badimilo Ignacio Jorge Zanabria REGIDORES DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES: • Regidor Virgilio Damián Lachos Corrales Presidente • Regidor Jesús Maldonado Amao• Regidor Nectario Rivera Arias REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES AUTORIZADAS A PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL EN VEHÍCULOS MENORES: • Isaías Amador Cahuari León, representante de la Federación de Transportistas en Vehículos Menores de San Juan de Lurigancho. (Titular) • Juan Carlos García Fernández, representante de la Federación de Transportistas en Vehículos Menores de San Juan de Lurigancho. (Suplente) REPRESENTANTE DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ: • Mayor PNP Edgar Capcha SoteloFUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD:• Abg. Wiliam Dennis Murillo Mejía Gerente de Desarrollo Económico• Abg. Jhon Henry Tejada TantaleanGerente de Asesoría Jurídica• Ing. Fany Soledad Chinchihualpa AnglasSub Gerente de Transporte, Tránsito y Vialidad Artículo Segundo. - Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico. Regístrese, comuníquese y cúmplaseCARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 788120-1