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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2012 (16/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466271 Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones y Seguros 787916-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 2641-2012 Lima, 4 de mayo de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Mariel Paola Panta Medina para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 109-2010 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 26 de enero de 2012, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14º del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha cali fi cado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyéndose el proceso de evaluación; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señorita Mariel Paola Panta Medina con matrícula Nº N-4120 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones y Seguros 788327-1 Autorizan a la Financiera Edyficar S.A. la apertura de oficina especial en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2683-2012 Lima, 7 de mayo de 2012EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por la Financiera Edy fi car S.A. para que se le autorice la apertura de una o fi cina especial ubicada en el AA.HH. Proyecto Integral Zapallal Alto Mz. C1 Lt. 3, sector Lomas del Zapallal, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Edy fi car S.A. la apertura de una o fi cina especial ubicada en AA.HH. Proyecto Integral Zapallal Alto, Mz. C1 Lt. 3, Sector Lomas del Zapallal, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 788714-1 Aprueban Reglamento de gestión del riesgo inmobiliario en las empresas de seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 2840-2012 Lima, 11 de mayo de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 347°de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General, corresponde a la Superintendencia defender los intereses del público, cautelando la solidez económica y fi nanciera de las personas naturales y jurídicas sujetas a su control, para lo cual es necesario que las empresas supervisadas cuenten con un sistema de control de riesgos que les permita identi fi car, medir, controlar y reportar los riesgos que enfrentan en sus operaciones; Que, mediante Resolución SBS Nº 037-2008 se aprobó el Reglamento de la Gestión Integral de Riesgos, donde se incorporan disposiciones que toman en consideración, entre otros documentos, al Marco Integrado para la Gestión de Riesgos Corporativos, publicado por el Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission (COSO), aplicable al conjunto de las empresas supervisadas; Que, en adición se considera necesario aprobar el reglamento de gestión de riesgo inmobiliario en las empresas de seguros, en el que se establecen disposiciones vinculadas a la metodología de cálculo de un indicador de medición del riesgo inmobiliario de acuerdo al modelo estándar de Solvencia II. Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general respecto a las propuestas de modi fi cación de la normativa del sistema de seguros, se dispuso la prepublicación del proyecto de resolución sobre la materia en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradora Privadas de Fondos de