Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2012 (16/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2012

Que, teniendo en consideracion los hechos expuestos, los avances realizados, la complejidad de los objetivos encomendados a la referida Comision de Orden y Gestion y con la finalidad de que pueda instaurarse correctamente el MORDAZA electoral que garantice la legalidad y la conformacion plena de la Asamblea Universitaria y obtener la gobernabilidad de la mencionada MORDAZA superior de estudios con la eleccion de su Rector y Vicerrectores, resulta necesario ratificar a los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo y ampliar el plazo de su mandato; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar en sus funciones a los integrantes de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo, designados mediante Resolucion Nº 1176-2011-ANR, a fin de que pueda concluir correctamente el MORDAZA electoral garantizando la legalidad y la conformacion plena de la Asamblea Universitaria de la mencionada MORDAZA superior de estudios. Articulo 2º.- Ampliar por sesenta (60) dias el plazo otorgado a la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo, con cargo de dar cuenta a la Comision de Coordinacion Interuniversitaria. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el numero minimo de firmas validas (el 25% de firmas respecto del ultimo padron electoral para la circunscripcion), las que son verificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la MORDAZA de verificacion de firmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fijado mediante Resolucion N.º 06042011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (culminado el tramite de comprobacion de adherentes ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil) hasta el 25 de MORDAZA de 2012. 3. Con fecha 18 de MORDAZA del 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito el inicio del MORDAZA de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Tocmoche, provincia de Chota, departamento de Cajamarca:
DNI Autoridad Cargo Organizacion politica

16444993 MORDAZA Medalid MORDAZA MORDAZA de MORDAZA

regidora Compromiso Campesino

27413078 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA regidor Alianza para el Progreso

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4. Asi, mediante el oficio del visto, la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunico que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identifico los nombres de las autoridades de quienes se solicita MORDAZA sometidas a consulta; se fundamento el pedido y adjunto la MORDAZA de verificacion positiva de firmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el articulo 46 de la Ley N.º 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberan acumularse e incluirse en la resolucion que convocara el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumulese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de Tocmoche, provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Tocmoche, provincia de Chota, departamento de MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolucion N.º 0604-2011-JNE. Articulo Segundo.- PONER en conocimiento la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economia y Finanzas, a la Contraloria General de la Republica, a la Defensoria del Pueblo, al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Acumulan solicitudes de revocatoria de autoridades de los distritos de Tocmoche, MORDAZA y Cochas a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria de 2012
RESOLUCION Nº 236-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-00368 MORDAZA, nueve de MORDAZA de dos mil doce VISTO el Oficio N.º 517-2012-SG/ONPE, de fecha 4 de MORDAZA de 2012, remitido por la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en atencion a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Tocmoche, provincia de Chota, departamento de MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA Fernandez. CONSIDERANDO 1. Uno de los derechos de participacion de los ciudadanos es el que se efectua a traves de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el articulo 31 de la Constitucion, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos mediante referendum, iniciativa legislativa, remocion o revocacion de autoridades y demanda de rendicion de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley N.º 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular;

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