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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466268 DNI Autoridad Cargo Organización política 70223204 Mary Criz Tamara Rodríguezregidora Agrupación Política Democrática Cochas-Huanchay 15856321 Raúl Kenide Rojas Godoyregidor Alianza para el Progreso 4. Así, mediante el o fi cio del visto, la Secretaría General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identi fi có los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de veri fi cación positiva de fi rmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el artículo 46 de la Ley N.º 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, el Jurado Nacional de Elecciones está facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberán acumularse e incluirse en la resolución que convocará el proceso de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumúlese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de Cochas, provincia de Ocros, departamento de Áncash. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Cochas, provincia de Ocros, departamento de Áncash, presentada por Benedicto Claudio Oré Tapia, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución N.º 0604-2011-JNE. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo, al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SIVINA HURTADOPEREIRA RIVAROLAMINAYA CALLEDE BRACAMONTE MEZAVELARDE URDANIVIABravo Basaldúa Secretario General 788382-3 MINISTERIO PUBLICO Disponen que la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete conozca los procesos penales, apelaciones y recursos de queja tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1159-2012-MP-FN Lima, 15 de mayo del 2012VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1714-2009-MP-FN de fecha 25 de noviembre del 2009, se dispuso que la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, conozca las apelaciones y recursos de queja de los procesos en liquidación y adecuación; asimismo, que la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete, conozca las apelaciones y recursos de queja de los casos iniciados con el Nuevo Código Procesal Penal; Que, mediante Informe Nº 12-MP-FN.1FSPC, el Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Penales Corporativas, Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de Cañete, propone que la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, en adición a sus funciones, conozca los casos tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal; Que, de los documentos estadísticos que se anexan al Informe antes mencionado, y de los reportes obtenidos del Sistema de Gestión Fiscal, se advierte que la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, ha reducido considerablemente su carga de liquidación; Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional; en ese contexto, debe adoptar las medidas necesarias para brindar un servicio fi scal e fi ciente y oportuno; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, en adición a sus funciones, conozca los procesos penales, apelaciones y recursos de queja tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cañete, conforme a lo establecido en el literal g) del artículo 77º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero del 2009, adopte las medidas destinadas a regular la carga procesal de la Primera y Segunda Fiscalía Superior Penal de Cañete, respecto a los casos tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal, lo que permitirá que la carga sea distribuida de manera equitativa entre dichos Despachos. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cañete, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cañete, Fiscal Superior Coordinador del Distrito Judicial de Cañete, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 788734-1 Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Huancavelica y San Martín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1160-2012-MP-FN Lima, 15 de mayo del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 055-2012-MP-FN-JFS, de fecha 10 de mayo del 2012, se resolvió aceptar la renuncia formulada por el doctor Pablo Seminario Flores al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima; a partir del 16 de mayo del 2012, por lo que se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual;