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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de noviembre de 2012 477873 propuestos por La Empresa, el inspector concluye que con respecto a la infraestructura y al equipamiento, cumple con las condiciones mínimas que establecen los numerales 43.3 y 43.5 del artículo 43 de El Reglamento; Que, es preciso indicar que el artículo 117° de El Reglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, lo cual conllevará a la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43° de El Reglamento; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 232- 2012-MTC/15.03.A.A., por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, es procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a La Empresa denominada EFISAC PERU - ESCUELAS DE FORMACION INTEGRAL S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto; Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la Clase A categoría II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : EFISAC PERU - ESCUELAS DE FORMACION INTEGRAL S.A.C Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales. Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA: - Pasaje Quilca – Calle Camaná N° 64-114, Sección A (1er. Piso), Urbanización Municipal, Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa. Aulas para la enseñanza teórica Área del aula Cantidad de alumnos que recibirán capacitación Aula 1 35.86 m2 35 Aula 2 18.77 m2 18 Aula 3 15.80 m2 16 Aula 4 22.08 m2 22 CIRCUITO DE MANEJO: - Av. Sepúlveda S/N, Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Arequipa – Villa Militar Pedro Ruiz Gallo. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Horario de Atención : Lunes a Domingo de 07:00 a.m. a 10:00 p.m. La Empresa, funcionará con la siguiente fl ota vehicular: Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 BAJAJ RE AUTORIKSHA TORITO 2T VEH.AUT.MEN. (L5) MD22407A6BWF01015 24MBTF80141 2010 B6-9542 2 TOYOTA YARIS XLI 1.3 GSL AUTOMÓVIL (M1) JTDBW933871032183 2NZ4231734 2006 A6T-320 3 HYUNDAI H-1 M/BUS CMTA. RURAL (M2) KMJWA37HACU389525 D4BHB047178 2011 V3U-966 4 HIGER KLQ6758 OMNIBUS (M3) LKLS1CS729B600012 69508522 2008 V1S-962 5 CHUNZHOU JNQ6660 OMNIBUS (M3) LJ16AC3C6B2001980 CY4102BZLQ10221471 2011 V1Y-707 6 HYUNDAI HD65 CAMION (N2) KMFGA17LPAC130353 D4AL9413335 2009 V1J-947 7 HYUNDAI HD65 CAMION (N2) KMFGA17PPBC151576 D4DDA442290 2010 V4E-891 8 DONGFENG DFA1121GZ6AD7 CAMION (N3) BB137240 87275886 2011 V5I-873 PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario.