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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de noviembre de 2012 477876 HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Domingo de 08:00 a 22:00 horas. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. Artículo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SEÑOR DE LUREN S.A.C., sobre autorización para la acreditación del señor Juan Candelario Trillo Franco como Instructor Práctico de Manejo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aceptar el desistimiento formulado por La Empresa, en el extremo que se desiste de la inscripción de los vehículos de placas de rodaje Nº RF- 2975 y T1F-780, así como de la propuesta del circuito de manejo ubicado en la Avenida Grau s/n “Fundo Margarita”, Distrito de Parcona, Provincia y Departamento de Ica. Artículo Cuarto.- La empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SEÑOR DE LUREN S.A.C., autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, así como las normas legales pertinentes. Artículo Quinto.-. La Escuela autorizada impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Marcos José Castro Mendoza. Instructor Teórico de Tránsito • Raúl Antonio Bendezu Jáuregui. Instructor Práctico de Manejo • Félix Antonio Garcia Segura. Instructor Teórico – Práctico de Mecánica • Juan Américo Hernández Chacaliaza. Instructor Teórico Práctico en Primeros Auxilios • Odón Ríos Morales. Psicóloga • Mirtha Carolina Aliaga Pacheco. Artículo Sexto.- La Escuela autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sétimo.- La Escuela autorizada deberá presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Octavo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Nº Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 7 VOLVO FE 6 CAMIÓN (N3) 4V52AEEBXNR470021 7HJ00908 1992 A5C-917 8 VOLVO FL7H 4X2 CAMIÓN (N3) YV2F2CLA7MA359202 TD71F092944576 1991 D6L-850 9 BAJAJ RE AUTORIKSHA TORITO 2T VEHICULO MENOR (L5) MD22407A3AWA00016 24MBTA05839 2010 A0-7132