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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2012 478155 cualquiera de los procedimientos establecidos en el numeral 6.2 de la referida ley. Que el numeral 6.4 de la ley mencionada en el considerando anterior señala que en los casos señalados en los literales a) y c) el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos afectados se efectuara conforme a lo señalado en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Que mediante Resolución Directoral N° 126-2012- MTC/10 se aprueba la Directiva N° 002-2012-MTC/ 10,modifi cada mediante Resolución Directoral N° 440- 2012-MTC/10 y N° 520-2012-MTC/10; Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, en la que se dictan las disposiciones generales y especifi cas para el otorgamiento del benefi cio económico, así como el procedimiento y los mecanismos para efectuar dicho reasentamiento. Que el numeral 5.2 de la directiva antes indicada faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a utilizar de manera alternativa los procedimientos de reasentamiento de los benefi ciarios en los terrenos proporcionados por CORPAC S.A. exclusivamente con fi nes de vivienda, para lo cual efectuará todas las acciones que sean necesarias para la entrega de dichos terrenos; la adquisición o la fi nanciación para la adquisición de inmuebles de programas de vivienda ya construidos tanto del sector público como del sector privado; o el pago de una indemnización asistida que deba ser utilizada únicamente para los fi nes de reasentamiento de la población afectada señalándose que para el primer y tercer caso que el benefi cio se hará efectivo conforme a lo señalado en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, quien para estos efectos emitirá la Resolución Directoral respectiva. Así mismo, en el numeral 6.5 de la Ley N° 29836 se indica que en todos los casos el benefi cio correspondiente es otorgado previo cumplimiento a lo establecido en la directiva que emita la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo contenido mínimo se detalla en el referido numeral de la norma. Que se ha emitido el informe técnico social legal N° 001-2012-MTC/16.03.CIML-DDFA-YMCN-EFYA-EEL- GCQ-AAVR-MECG-RACZ-NCRA-FJSD de fecha 11 de octubre del 2012, por parte de la comisión conformada por once profesionales encargados de la verifi cación técnica legal de los expedientes presentados así como de la identifi cación y califi cación de los posesionarios, habiendo verifi cado el cumplimiento de las condiciones básicas exigidas para acceder al benefi cio del reasentamiento. Que se ha seleccionado el cuarto grupo de benefi ciarios del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario de los asentamientos humanos ubicados en el área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, para cuyo efecto la comisión técnico legal ha elaborado 136 expedientes técnicos (ciento treinta y seis) de los posesionarios califi cados de los asentamientos humanos cuya lista es la siguiente: 1° de Julio (03), La Unión (04) Barrio Andino (06), cuadra 15 de Gambeta (01),Hijos del Progreso (01),El Ayllu (118) La Taboada(03). Que el informe 001-2012-MTC/16.03.CIML-DDFA- YMCN-EFYA-EEL-GCQ-AAVR- MECG- RACZ- NCRA- FJSD sobre la selección del cuarto grupo de benefi ciarios indica que los criterios de califi cación se sustentan en: 1° En el informe N° 004-2012-MTC/16.03/CSM-ECG-MCS (referido a criterios de evaluación y orden de prelación de documentos presentados que acreditan la posesión) 2° La acreditación del tiempo de posesión sobre el predio, anterior a la fecha de corte (censo COFOPRI 2010) y 3° La carga familiar de los afectados (sustentada en el informe de evaluación social). Que la mencionada comisión ha presentado ante la Dirección de General de asuntos Socio Ambientales el informe N° 001-2012-MTC/16.03.CIML-DDFA-YMCN- EFYA- EEL- GCQ-AAVR- MECG- RACZ-NCRA- FJSD de fecha 11 de octubre del 2012 solicitando que se proceda con la aprobación de la cuarta lista de benefi ciarios para lo cual se adjunta el informe N° 176-2012-MTC/16.03. CIML que contiene a fojas 5,6,7, y 8 el listado de los 136 posesionarios califi cados como benefi ciarios del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario PACRI de los asentamientos humanos afectados y ubicados en el área de ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que el cuadro que contiene el listado de los 136 posesionarios benefi ciarios cumple con lo señalado en el numeral VI de la Directiva N° 002-2012-MTC/10, en la defi nición de Listado de Benefi ciarios, vale decir, se ha presentado la información clasifi cada, como son los datos del benefi ciario, Asentamiento Humano, condición de posesionario, área de terreno, área ocupada, área construida y el concepto relativo al monto de benefi cio asignado; Que el artículo 7.1 Procedimiento de Identifi cación de los Benefi ciarios de la Directiva N° 002-2012-MTC/10 señala en su numeral 7.1.1 que la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales elabora y aprueba el listado de benefi ciarios que se encuentren empadronados dentro de la fecha de corte, la misma que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de mayor circulación, así como en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Sobre este punto es preciso señalar que, de conformidad con lo indicado en el numeral 7.1.3, el listado de benefi ciarios puede ser modifi cado por la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales como consecuencia del levantamiento de las observaciones de los expedientes observados o por la presentación de solicitudes de nuevos afectados, que a juicio de esta Dirección General cumplan con los requisitos para su incorporación. Que se ha elaborado el Informe legal N° 218-2012- MTC/16.RTA, en base a la información técnica-legal proporcionada mediante informe N°001-2012-MTC/16.03. CIML-DDFA-YMCN- EFYA-EEL- GCQ-AAVR-MECG- RACZ- NCRA- FJSD de fecha 11 de octubre del 2012. De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las Leyes N° 27329 y N° 29836, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Directiva N°002- 2012-MTC/10 aprobada mediante Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10, y la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el cuarto listado de benefi ciarios de reasentamiento inmediato de la población de los asentamientos humanos ubicados en el área de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, que como anexo forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de mayor circulación, así como en el portal institucional www.mtc.gob.pe, de conformidad con lo señalado en el numeral 7.1.1 de la Directiva N° 002-2012-MTC/10, aprobada mediante Resolución Directoral N° 126-2012- MTC/10 Artículo 3º.- REMITIR la presente lista de benefi ciarios, con sus respectivos expedientes a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cumplimiento a lo establecido en el numeral 7.1.2 de la Directiva N° 002- 2012-MTC/10. Articulo 4°.- REMITIR copia certifi cada de la presente Resolución Directoral a la CANETA, a la Dirección General de Concesiones en Transportes, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su conocimiento y fi nes. Comuníquese, regístrese y publíquese. ITALO ANDRES DIAZ HORNA Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales