Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2012 (08/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2012

Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2268-2010MTC/15, se aprueba la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 "Regimen de Autorizaciones y Funcionamiento de los Centros de Revision Periodica de Cilindros", el mismo que tiene como objetivo establecer el procedimiento de autorizacion y los requisitos que deben reunir las personas juridicas que pretendan operar como Centro de Revision Periodica de Cilindros-CRPC, encargadas de realizar la inspeccion fisica de los cilindros de los vehiculos a combustion de GNV, bicombustion (gasolina/GNV) o sistema dual (combustion liquido/GNV), con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en la NTP 111.017 "Gas Natural Seco, Revision Periodica para Cilindro MORDAZA I para Gas Natural Vehicular (GNV)" y demas normas conexas y complementarias; Que, de acuerdo al Informe Nº 219-2012-MTC/15.03. A.A., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que la empresa denominada CILTEST S.A.C., en adelante La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010MTC/15; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CILTEST S.A.C., como Centro de Revision Periodica de Cilindros-CRPC, para operar en el local ubicado en la: Panamericana Sur Km. 25.5, Distrito de MORDAZA el MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- La empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida previa verificacion del cumplimiento de todos los requisitos referidos a la infraestructura, equipamiento y personal requeridos por la Directiva Nº 004-2010MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 22682010-MTC/15. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa CILTEST S.A.C., renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 004-2010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
Fecha MORDAZA de MORDAZA Primera renovacion de carta fianza 02 de marzo de 2013 MORDAZA renovacion de carta fianza 02 de marzo de 2014 Tercera renovacion de carta fianza 02 de marzo de 2015 Cuarta renovacion de carta fianza 02 de marzo de 2016 MORDAZA renovacion de carta fianza 02 de marzo de 2017 ACTO

numeral 5.9 de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La empresa CILTEST S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 08 de marzo de 2013 08 de marzo de 2015 08 de marzo de 2016 08 de marzo de 2017

MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 08 de marzo de 2014

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.9 de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Remitir a la Direccion General de Transporte Terrestre dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de otorgada la autorizacion, la relacion del equipamiento requerido por el numeral 5.1.4 de La Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, tal como ofrece en la Declaracion Jurada presentada. Articulo Sexto.- Remitir a la Direccion General de Transporte Terrestre dentro del plazo de noventa (90) dias calendario de otorgada la autorizacion, los permisos y autorizaciones requeridos por el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, tal como ofrece en la Declaracion Jurada presentada. Articulo Setimo.- Remitir a la Direccion General de Transporte Terrestre dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de otorgada la autorizacion, el estudio de impacto ambiental requerido por el numeral 5.2.11 de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, tal como ofrece en la Declaracion Jurada presentada. Articulo Octavo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Noveno.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa CILTEST S.A.C., los gastos que origine la misma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

851992-1

Aprueban Formatos conteniendo la informacion que deberan remitir las Escuelas de Conductores, del Parte de Asistencia diaria de los alumnos, de la Ficha Individual del Alumno y de la Ficha Tecnica de las Practicas de Manejo, asi como los Formatos de Declaracion Jurada y de la MORDAZA de Aprobacion de la Instruccion de Manejo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 4127-2012-MTC/15
MORDAZA, 22 de octubre de 2012

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el

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