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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (24/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2012 479244 VISTO: El Informe Nº 420-2012-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 777-2011- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Tambo – Alto – Tambo, al señor Pantalion Huachani Mayta; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 26 de noviembre al 10 de diciembre de 2012, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 26 de noviembre hasta el 10 de diciembre de 2012, al señor HENRY FABIAN VALER MIRANDA, las funciones de la Administración Local de Agua Tambo – Alto – Tambo, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase, que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, el señor PANTALION HUACHANI MAYTA, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Tambo – Alto – Tambo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 870656-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 471-2012-ANA Lima, 23 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que mediante Resolución Jefatural Nº 191-2009-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Huallaga Central al señor Juan Alexander Vásquez Armas; Que, se ha visto por conveniente, dar por concluida la referida encargatura y en consecuencia encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la citada Administración Local del Agua; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del día 26 de noviembre de 2012, la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Huallaga Central, conferida al señor JUAN ALEXANDER VÁSQUEZ ARMAS, mediante la Resolución Jefatural Nº 191-2009-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir del día 26 de noviembre de 2012, las funciones de la Administración Local de Agua Huallaga Central al Ing. PERCY ROLANDO DEL ÁGUILA TELLO. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 870656-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 019-2012-AG Mediante Ofi cio Nº 1074-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 019-2012-AG, publicado en nuestra edición del día 14 de noviembre de 2012. Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario - En el Artículo 39º, numeral 39.2; DICE: “39.2 De existir observaciones estas deberán absolverse en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles siguientes de notifi cado el titular”. DEBE DECIR: “39.2 De existir observaciones estas deberán absolverse en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cado el titular”. - En el Artículo 39º, numeral 39.3; DICE: “39.3 Si las observaciones planteadas al titular del proyecto materia del IGA, no fueran subsanadas en su totalidad por razones sustentadas, la autoridad ambiental competente, a solicitud de parte y por única vez, podrá extender el plazo máximo del procedimiento confi riendo hasta veinte (20) días hábiles adicionales, contados a partir del día siguiente del término del plazo anteriormente concedido, para la subsanación de las observaciones correspondientes”. DEBE DECIR: “39.3 Si las observaciones planteadas al titular del proyecto materia del IGA, no fueran subsanadas en su totalidad por razones sustentadas, la autoridad ambiental competente, a solicitud de parte y por única vez, podrá extender el plazo máximo del procedimiento confi riendo hasta diez (10) días hábiles adicionales, contados a partir del día siguiente del término del plazo anteriormente concedido, para la subsanación de las observaciones correspondientes”. 3. En el Artículo 39º, numeral 39.5;