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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2012 479247 VISTOS: El Ofi cio N° 57-2012-PRODUCE-CLCDAP del 16 de octubre de 2012, del Secretario Técnico de la Comisión de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería del Ministerio de la Producción y el Fax N° 298-2011-MINDEF/ VPD/B del 02 de junio de 2011, del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Legislativa N° 28815 se aprobó el “Tratado General de Integración y Cooperación Económica y Social para la Conformación de un Mercado Común entre la República del Perú y la República de Bolivia, suscrito en la Ciudad de Lima, el 03 de agosto de 2004 y ratifi cado con Decreto Supremo N° 043-2006-RE del 25 de julio de 2006; Que, mediante Acta de Encuentro entre Presidentes de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, suscrita en la Ciudad de Ilo, el 19 de octubre de 2010, se establecieron entre otros acuerdos “Ejecutar de manera coordinada todas las acciones necesarias y conducentes a combatir el contrabando en la zona de frontera a través de acciones simultáneas y concertadas. A ese efecto crean el Grupo Binacional Interministerial de Lucha Contra el Contrabando”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 248-2012- PCM del 26 de setiembre de 2012, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, estableciéndose que el mencionado grupo de trabajo estará conformado, entre otros, por representantes del Ministerio de Defensa; Que, el Artículo 3° de la acotada Resolución Ministerial, establece que la designación de representantes ante el Grupo de Trabajo Multisectorial, se realizará a través de la correspondiente Resolución Ministerial; Que, resulta necesario designar a los Representantes del Ministerio de Defensa ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano-Boliviana para erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, el Artículo 35° de la Ley N° 29158-“Ley Orgánica del Poder Ejecutivo” establece que “Las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo”; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29605-“Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa” y la Resolución Ministerial N° 248-2012-PCM de fecha 26 de setiembre de 2012; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Director General de Relaciones Internacionales y al Director de Cooperación Humanitaria y Asuntos Especiales como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Defensa ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 870353-1 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Argentina, Brasil, Chile, Surinam y Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1310-2012-DE/SG Lima, 22 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 917 del 21 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, República Federativa de Brasil, República de Chile, República de Surinam y República Bolivariana de Venezuela, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio 444-2012/VPD/DPCDS-UNASUR del 21 de noviembre de 2012, el Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, República Federativa de Brasil, República de Chile, República de Surinam y República Bolivariana de Venezuela; Que, el personal militar antes señalado, ingresará a territorio de la República, del 26 al 28 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de participar en la VII Reunión de la Instancia Ejecutiva del Consejo de Defensa Suramericano (CDS), que se realizará en la ciudad de Lima; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección Ejecutiva de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar detallado a continuación, del 26 al 28 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de participar en la VII Reunión de la Instancia Ejecutiva del Consejo de Defensa Suramericano (CDS) de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), que se realizará en la ciudad de Lima. REPÚBLICA ARGENTINA 1. Brigadier Alejandro Moresi 2. Vicecomodoro Ricardo Cappabianca REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL 1. General de Ejército Jose Carlos de Nardi 2. Almirante de Escuadra Carlos Augusto de Sousa 3. General de División Carlos Cesar Araujo Lima 4. Capitán de Mar y Guerra Mauro José da Silva Goncalves 5. Coronel Osiris Fernandes Junior 6. Mayor Aviador Marcio Mattos Teixeira 7. Capitán de Corbeta Cesar Augusto Prudencio Pimenteira 8. Primer Teniente Tatiana Willig Araujo 9. Capitán Teniente Marcus Antonio Machado Pereira 10. Capitán de Corbeta Renato Cozzi Oliveira Leite de Medeiros REPÚBLICA DE CHILE 1. Coronel Ian Mackinnon Dahlgren 2. Coronel Pedro Duguett Aroca 3. Capitán Juan Pablo Melo