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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2012 479259 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Disponen la prepublicación de propuestas normativas de Reglamento del Procedimiento Administrativo Único, Manual de Supervisión de Concesiones Forestales con Fines Maderables y Directiva para la Supervisión de Autorizaciones para el Manejo y Aprovechamiento de Fauna Silvestre ex situ en el portal electrónico del OSINFOR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 126-2012-OSINFOR Lima, 20 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1, artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1085, señala que es función del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, supervisar y fi scalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes otorgados por el Estado, así como las obligaciones y condiciones contenidas en ellos y en los planes de manejo respectivos; Que, asimismo, el numeral 3.5 del artículo citado en el considerando precedente, establece que es función del OSINFOR dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refi eran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, dispone que las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley; Que, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, señala que toda persona tiene derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la defi nición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establece como principio orientador de la actividad forestal y de fauna silvestre, la participación del sector empresarial, los gobiernos locales y regionales, y de la ciudadanía en general, en la toma de decisiones, el fi nanciamiento, la fi scalización y en los benefi cios de la actividad, de manera descentralizada; Que, la publicación de proyectos de normas se encuentra enmarcada como uno de los mecanismos de participación en la fi scalización ambiental, conforme lo establece el artículo 35º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental, y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, como parte del proceso de desarrollo y fortalecimiento del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, sus Direcciones de Línea han formulado el Proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Único, el Manual de Supervisión de Concesiones Forestales con Fines Maderables y la Directiva para la Supervisión de Autorizaciones para el Manejo y Aprovechamiento de Fauna Silvestre ex situ, propuestas normativas que requieren ser pre-publicadas y puestas en consideración de la ciudadanía antes de su aprobación; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 y sus modifi catorias; Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 27308 y su reglamento; y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRE-PUBLICACIÓN DE PROYECTOS NORMATIVOS Disponer la pre-publicación en el portal electrónico institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, www.osinfor. gob.pe, de las siguientes propuestas normativas que se detallan a continuación: • Reglamento del Procedimiento Administrativo Único. • Manual de Supervisión de Concesiones Forestales con Fines Maderables. • Directiva para la Supervisión de Autorizaciones para el Manejo y Aprovechamiento de Fauna Silvestre ex situ. Artículo Segundo.- RECEPCIÓN DE APORTES La recepción de los aportes, comentarios y/o sugerencias a los proyectos normativos señalados en el artículo primero de la presente Resolución Presidencial, se realizará de acuerdo a los mecanismos de participación siguientes: 2.1. Aportes por escrito.- Los interesados podrán remitir sus aportes por escrito a la sede central de la institución ubicada en la Av. Javier Prado Oeste Nº 692, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima o a las sedes de las Ofi cinas Desconcentradas del OSINFOR cuyas direcciones se encuentran consignadas en el portal electrónico institucional. 2.2. Aportes en línea.- Por este mecanismo los interesados podrán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico aportes@ osinfor.gob.pe 2.3. Talleres participativos.- Se desarrollarán siete (07) talleres participativos descentralizados dirigidos a ciudadanos o actores con interés directo o indirecto en la materia desarrollada en las propuestas normativas; estos talleres se llevarán a cabo de acuerdo al siguiente cronograma: Fechas Lugar Del 28 al 29 de noviembre del 2012 Tingo María Del 03 al 04 de diciembre del 2012 Chiclayo Del 03 al 05 de diciembre del 2012 Loreto y Madre de Dios Del 10 al 12 de diciembre del 2012 Pucallpa, Tarapoto y la Merced La recepción de los aportes mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2 del presente artículo, se efectuará por un plazo de diez (10) días hábiles computados desde la publicación de la presente Resolución Presidencial. Artículo Tercero.- PUBLICACIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución Presidencial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROLANDO NAVARRO GOMEZ Presidente Ejecutivo (e) 870435-1