Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2012 (24/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2012

Que, reunidos todos los delegados, eligen cada ano a un representante de los caserios para que, de inmediato, sea incorporado al Comite de Fiesta como Presidente. A su lado, el parroco de Otuzco, el MORDAZA de la MORDAZA y el Presidente de la Hermandad de la MORDAZA Virgen de la MORDAZA de Otuzco trabajaran con empeno para el buen desenvolvimiento de las festividades. Los caserios aportan dinero suficiente para contar, por lo menos, con una banda de musicos compuesta por treinta integrantes. El alojamiento y la comida seran proporcionados por los anfitriones. Ademas, los caserios deben invertir en un MORDAZA de fuego, armazon de cohetes, cohetes de golpe, cohetes de luces y demas fuegos de artificio; Que, se espera que cada caserio, en abierta competencia con los demas, pueda contratar mas de una banda, hacer quemar varios castillos de fuego y beneficiar de una a tres reses para alimentar a musicos e invitados. Es por eso que, una vez elegidos los responsables, en MORDAZA o MORDAZA de cada ano, se entregan de lleno a la tarea de conseguir fondos y hacer quedar bien a su localidad. Tambien hay que tomar en cuenta los esfuerzos de la Municipalidad y de la Hermandad, que se solidarizan con los caserios en las gestiones para financiar el boato de la fiesta; Que, la Festividad incluye actividades tradicionales como la "Maraton de la Fe", que es una maraton nocturna de 75 kilometros en MORDAZA de subida, la cual se inicia en la Plaza de MORDAZA de Trujillo; Que, cada ano, los devotos que residen en otros lugares tienden a regresar durante la Festividad para renovar su fe, debido al recuerdo de la multitudinaria participacion colectiva en MORDAZA, de su organizacion, de la preparacion de alguna de sus actividades, de las referencias de amigos y familiares, asi como de sus esperanzas; Que, la devocion se mantiene durante estos siglos MORDAZA a los peregrinos y devotos de la Virgen de la MORDAZA, quienes organizados por la Hermandad de la MORDAZA Virgen de la MORDAZA de Otuzco de la parroquia MORDAZA MORDAZA, son los responsables del mantenimiento y la transmision de esta inveterada tradicion a traves de generaciones y de distancias, lo que significa esfuerzos de toda una MORDAZA y MORDAZA sacrificios, personales, familiares y comunitarios, para mantener viva esta profunda expresion colectiva del Patrimonio Cultural Inmaterial; Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del Articulo 1º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nacion, las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social; ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como pais; Que, por su parte, el articulo 86° del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED, dispone que las MORDAZA pueden constituir manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial; Que, los Articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la citada Ley disponen que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Instituto Nacional de Cultura (actualmente Ministerio de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion, dentro del ambito de su competencia; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura, este ultimo tiene entre sus funciones realizar acciones de declaracion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, en tal sentido, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de sus funciones y, con la

participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 14º de la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura, senala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones, formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Ministerial Nº 302-2012-MC, establece el procedimiento para la declaracion de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos; Que, mediante Informe Nº 649-2012-OGAJ-SG/MC de fecha 30 de octubre de 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica concluyo que en virtud de lo senalado en el Informe N° 194-2012-DPIC-DGPC/MC, emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo, la Festividad de la Virgen de la MORDAZA de Otuzco reune las condiciones para que sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Nº 302-2012-MC; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la manifestacion cultural conocida como la Festividad de la Virgen de la MORDAZA de Otuzco, region La MORDAZA, por la gran devocion que suscita entre sus fieles y porque su antiguedad de casi 350 anos constituye un tricentenario referente de identidad local para la region de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 870364-1

DEFENSA
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Seccion Nacional Peruana de la Comision Bilateral Peruano Boliviana para erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1306-2012-DE/SG MORDAZA, 22 de noviembre de 2012

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