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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2012 479262 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al abogado MARIO CHRISTOFER HUAPAYA NAVA en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, a partir del 26 de noviembre de 2012. Artículo 2°.- La presente Resolución será publicada en el Portal Web Institucional (www.oefa.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 870683-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para participar en eventos a realizarse en la República de Corea RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 278-2012/SUNAT Lima, 23 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante carta de fecha 9 de octubre de 2012, el Comisionado del Servicio de Aduanas de la República de Corea, cursa invitación a la SUNAT para participar en el evento denominado “CCF-K Invitation Programme”, que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 2012; Que asimismo, en la citada Carta se señala que los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el Servicio de Aduanas de Corea con fondos provenientes de su cooperación en el marco de la Organización Mundial de Aduanas; Que el citado evento tiene como fi nalidad conocer los proyectos de competitividad que vienen trabajando las administraciones tributarias, las oportunidades de intercambio de experiencias en soluciones exitosas en el ámbito aduanero; en ese sentido, al contar con la participación de representantes del nivel directivo de las aduanas del mundo, permitirá concretar oportunidades de fortalecer nuestros planes de modernización y fortalecimiento de la Administración Aduanera del Perú, especialmente en temas como: controles de la cadena logística internacional, transmisión anticipada de información, documentos electrónicos, inteligencia aduanera, recaudación, entre otros temas; Que en tal sentido, siendo de interés para la SUNAT la participación de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, mediante comunicación de fecha 8 de noviembre de 2012, la Secretaría Institucional de la SUNAT, por especial encargo de la Superintendente Nacional, designó al señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner, Intendente Nacional de Sistemas de Información, para que participe en el citado evento; Que adicionalmente, se ha estimado conveniente que el viaje del señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner se inicie cuatro días antes del inicio del evento denominado “CCF-K Invitation Programme”, para que participe en sesiones de trabajo con funcionarios de la Aduana Coreana, a fi n que de esta manera adquiera conocimientos y comparta ideas sobre los distintos roles de la Aduana que permitan la competitividad y facilitación del comercio exterior, por ser de suma importancia para los fi nes institucionales y nacionales y una oportunidad para consolidar los planes estratégicos institucionales de la SUNAT, debiendo ser asumidos por la SUNAT los gastos correspondientes por concepto de viáticos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario autorizar el viaje del señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner del 24 de noviembre al 3 de diciembre de 2012; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de viáticos por los tres días de sesiones de trabajo con funcionarios del Servicio de Aduanas de la República de Corea, al no estar éstos siendo cubiertos por la citada Entidad, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM, modifi cado por Decreto Supremo 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner, Intendente Nacional de Sistemas de Información, del 24 de noviembre al 3 de diciembre de 2012, para participar en las sesiones de trabajo con funcionarios del Servicio de Aduana de la República de Corea y el evento denominado “CCF-K Invitation Programme”, a realizarse en la ciudad de Seúl, República de Corea. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2012 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner Viáticos US$ 1 300,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 870693-1