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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479667 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban las Altas y Bajas del período 1 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011 y metrados existentes al 30 de junio de 2011 de instalaciones de distribución eléctrica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 254-2012-OS/CD Lima, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 77° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), cada cuatro años, OSINERGMIN actualiza el Valor Nuevo de Reemplazo (VNR) de las instalaciones de distribución eléctrica, con la información presentada por las empresas concesionarias. En el caso de obras nuevas o retiros, la citada norma dispone que OSINERGMIN, incorporará o deducirá el respectivo VNR; Que, de conformidad con el Artículo 159° del Reglamento de la LCE, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, las empresas deben poner en conocimiento de OSINERGMIN, en los plazos y oportunidades que este determine, toda inversión en obras de distribución que aumente su VNR y comunicar anualmente al regulador el retiro de las instalaciones innecesarias para la prestación del servicio, a fi n de ser excluidas del respectivo VNR; Que, el segundo párrafo del numeral 4.1.3 de la Guía de Elaboración del VNR de las Instalaciones de Distribución Eléctrica (Guía VNR), aprobada mediante Resolución OSINERG N° 329-2004-OS/CD, establece que el cálculo del VNR al 30 de junio del año que corresponda (año anterior a aquel en que se fi jan las tarifas de distribución eléctrica), se realizará a partir del metrado (base) aprobado en la última fi jación del VNR, para lo cual se considerarán las altas y bajas de las instalaciones de distribución eléctrica ocurridas en el último periodo de cuatro años. Se entiende que las altas se dan por la incorporación de nuevas instalaciones eléctricas y no eléctricas; las bajas se presentan cuando la empresa retira instalaciones existentes; Que, mediante la Resolución OSINERGMIN N° 225- 2011-OS/CD, se aprobó las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribución eléctrica del periodo 01 de julio de 2009 al 30 de junio de 2010. Asimismo, dicha Resolución estableció que la información de altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribución eléctrica correspondientes al periodo 01 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011, sería remitida el 15 de marzo de 2012; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 239- 2012-OS/CD, se prepublicó las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribución eléctrica del periodo 01 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011, así como los metrados existentes resultantes al 30 de junio de 2011, la cual estableció el plazo dentro del cual se recibieron las opiniones y sugerencias de los interesados, habiéndose realizado el análisis respectivo en el Informe Técnico N° 554-2012-GART y acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la referida aprobación; Que, corresponde disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN de la Resolución que aprueba las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribución eléctrica correspondientes al periodo 01 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011, así como los metrados existentes resultantes al 30 de junio de 2011; Que, se han emitido los Informes N° 554-2012-GART y N° 546-2012-GART, elaborados por la División de Distribución Eléctrica y la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3°de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébese las Altas y Bajas del periodo 01 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011 y metrados existentes al 30 de junio de 2011 de las instalaciones de distribución eléctrica, que se indican a continuación: COELVISAC ALTAS Y BAJAS DEL PERIODO JULIO 2010 - JUNIO 2011 Unidad 2010 Altas Bajas 2011 30/06/2010 01/07/2010 - 30/06/2011 30/06/2011 MEDIA TENSIÓN RED AÉREA km 360.268 47.487 2.526 405.229 RED SUBTERRÁNEA km 0.855 0.050 0.000 0.905 EQUIPOS DE PROTECCIÓN Y SECCIONAMIENTO Unidad 86 12 1 97 Total Red MT km 361.123 47.537 2.526 406.134 SUBESTACIONES DE DISTRIBUCIÓN MT/BT S.E.D AÉREA MONOPOSTE Unidad 36 2 0 38 S.E.D AÉREA BIPOSTE Unidad 49 2 0 51 S.E.D CONVENCIONAL Unidad 1 0 0 1 S.E.D COMPACTA PEDESTAL Unidad 0 0 0 0 S.E.D COMPACTA BÓVEDA Unidad 0 0 0 0 Total SED Unidad 86 4 0 90 BAJA TENSIÓN