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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479659 Autorizan viaje de alférez de la Policía Nacional del Perú a Cuba para recibir tratamiento médico especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 181-2012-IN Lima, 29 de noviembre de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 670-2012-DGPNP/FOSPOLI/ GG/DTE de fecha 9 de octubre de 2012, relacionado a la expedición de la Resolución Suprema que autoriza el viaje al extranjero de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, para ser sometida a tratamiento altamente especializado en la Clínica Internacional CIRA GARCIA REYES de La Habana en Cuba, por un período de Ciento Ochenta (180) días, con acompañante familiar. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Junta Médica Nº 914-12-dnc de fecha 8 de mayo de 2012, la Junta Médica recomienda que la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, debe ser evaluada en Junta Médica Intersanidades, con las especialidades de Neurocirugía, Neurología y Medicina Física y Rehabilitación; Que, con Acta de Junta Intersanidades Nº 005-12-dnc de fecha 31 de mayo de 2012, la Junta Médica Intersanidades concluye que la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, se benefi ciaría con tratamiento de MEDICINA FISICA Y REHABILITACION, en un centro altamente especializado del extranjero, debiendo viajar con un acompañante familiar; Que, mediante Carta de fecha 25 de septiembre de 2012, el Gerente de Operaciones del Departamento Médicos Internacionales CUBASALUD en la empresa Viajes CUBA SAC, remite la Cotización sobre las correspondientes Evaluaciones, Intervenciones Quirúrgicas y Rehabilitación Neurológica Especializada, así como el alojamiento y alimentación, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, donde se especifi ca el tiempo máximo de Ciento Ochenta (180) días de permanencia en el extranjero (La Habana - Cuba); Que, mediante Devolución Nº 1170-2012-FOSPOLI- SD de fecha 4 de octubre de 2012, el Secretario del Fondo de Salud Policial, dio cuenta sobre la disponibilidad presupuestaria por el monto de Ciento Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Sesenta y Dos con 50/100 Dólares Americanos (US$ 158,962.50); Que, mediante Informe Nº 222-2012-DIRECFIN-PNP- DIVDyB-DEPADM-TM. de fecha 12 de octubre de 2012, se establece que la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará por Compensación Económica por Servicio en el Extranjero a la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, la cantidad de Dieciséis Mil Ochocientos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 16,800.00) por Ciento Ochenta (180) días de permanencia en la ciudad de La Habana - Cuba por tratamiento médico altamente especializado en la Clínica Internacional CIRA GARCIA REYES de la mencionada ciudad, cuyo monto se encuentra debidamente presupuestado de conformidad a la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000527-2012 de fecha 17 de octubre de 2012, e incluido en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) y con Proyecto de Liquidación Nº 223-D.PyB-DIRECFIN-2012, abonará el costo de los pasajes aéreos Lima/La Habana/Lima por la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiséis con 50/100 Dólares Americanos (US$ 2,826.50) y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto por la cantidad de Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, se hizo extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG, el Decreto Supremo Nº 028-2006- DE-SG y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, que aprobó el “Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa”, en el cual se establece que el Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, tienen derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero, cuando no haya logrado su total recuperación en el país; y, De conformidad con la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú; Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012-IN y lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero, a la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, para ser sometida a tratamiento altamente especializado en la Clínica Internacional CIRA GARCIA REYES de La Habana - Cuba, por un período de Ciento Ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema con acompañante familiar. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará a la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, la cantidad de Dieciséis Mil Ochocientos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 16,800.00), por concepto de pago de Compensación Económica por tratamiento médico altamente especializado en el Extranjero; asimismo abonará el gasto por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta de la mencionada Ofi cial de la Policía Nacional del Perú, que asciende a la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiséis con 50/100 Dólares Americanos (US$ 2,826.50), y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos que demande el tratamiento médico altamente especializado de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, en la Clínica Internacional CIRA GARCIA REYES de La Habana - Cuba, por un periodo de Ciento Ochenta (180) días, ascendente a la cantidad de Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Cinco con 00/100 Dólares Americanos (US$ 156,105.00), por un periodo de Ciento Ochenta (180) días; asimismo fi nanciará el gasto por concepto de pasajes del acompañante que asciende a la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiséis con 50/100 Dólares Americanos (US$ 2,826.50), y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 4º.- Dentro de los Siete (7) días de haber retornado de viaje, la Alférez de la Policía Nacional del Perú Jessica Mercedes FLORES CORRALES, deberá presentar un informe detallado, respecto a su permanencia en el extranjero y los resultados obtenidos al Presidente de la República a través de la Secretaría del Consejo de Ministros. Artículo 5º.- Dentro de los Quince (15) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMENEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 872977-11