Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru a MORDAZA para recibir tratamiento medico especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2012-IN MORDAZA, 29 de noviembre de 2012 VISTO, el Oficio Nº 670-2012-DGPNP/FOSPOLI/ GG/DTE de fecha 9 de octubre de 2012, relacionado a la expedicion de la Resolucion Suprema que autoriza el viaje al extranjero de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser sometida a tratamiento altamente especializado en la Clinica Internacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La Habana en MORDAZA, por un periodo de Ciento Ochenta (180) dias, con acompanante familiar. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Junta Medica Nº 914-12-dnc de fecha 8 de MORDAZA de 2012, la Junta Medica recomienda que la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe ser evaluada en Junta Medica Intersanidades, con las especialidades de Neurocirugia, Neurologia y Medicina Fisica y Rehabilitacion; Que, con Acta de Junta Intersanidades Nº 005-12-dnc de fecha 31 de MORDAZA de 2012, la Junta Medica Intersanidades concluye que la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se beneficiaria con tratamiento de MEDICINA FISICA Y REHABILITACION, en un centro altamente especializado del extranjero, debiendo viajar con un acompanante familiar; Que, mediante Carta de fecha 25 de septiembre de 2012, el Gerente de Operaciones del Departamento Medicos Internacionales CUBASALUD en la empresa Viajes MORDAZA SAC, remite la Cotizacion sobre las correspondientes Evaluaciones, Intervenciones Quirurgicas y Rehabilitacion Neurologica Especializada, asi como el alojamiento y alimentacion, de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde se especifica el tiempo MORDAZA de Ciento Ochenta (180) dias de permanencia en el extranjero (La Habana - Cuba); Que, mediante Devolucion Nº 1170-2012-FOSPOLISD de fecha 4 de octubre de 2012, el Secretario del Fondo de Salud Policial, dio cuenta sobre la disponibilidad presupuestaria por el monto de Ciento Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Sesenta y Dos con 50/100 Dolares Americanos (US$ 158,962.50); Que, mediante Informe Nº 222-2012-DIRECFIN-PNPDIVDyB-DEPADM-TM. de fecha 12 de octubre de 2012, se establece que la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara por Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero a la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la cantidad de Dieciseis Mil Ochocientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 16,800.00) por Ciento Ochenta (180) dias de permanencia en la MORDAZA de La Habana - MORDAZA por tratamiento medico altamente especializado en la Clinica Internacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la mencionada MORDAZA, cuyo monto se encuentra debidamente presupuestado de conformidad a la Nota de Certificacion de Credito Presupuestario Nº 0000000527-2012 de fecha 17 de octubre de 2012, e incluido en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP) y con Proyecto de Liquidacion Nº 223-D.PyB-DIRECFIN-2012, abonara el costo de los pasajes aereos Lima/La Habana/Lima por la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiseis con 50/100 Dolares Americanos (US$ 2,826.50) y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto por la cantidad de Treinta y Uno con 00/100 Dolares Americanos (US$ 31.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, se hizo extensivo al personal policial y civil de la Policia Nacional del Peru los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG, el Decreto Supremo Nº 028-2006DE-SG y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, que aprobo el "Reglamento de viajes al Exterior del Personal

Militar y Civil del Sector Defensa", en el cual se establece que el Personal Policial y Civil de la Policia Nacional del Peru, tienen derecho a recibir tratamiento medico especializado en el extranjero, cuando no MORDAZA logrado su total recuperacion en el pais; y, De conformidad con la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru; Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012-IN y lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero, a la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser sometida a tratamiento altamente especializado en la Clinica Internacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La Habana - MORDAZA, por un periodo de Ciento Ochenta (180) dias, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema con acompanante familiar. Articulo 2º.- La Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara a la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la cantidad de Dieciseis Mil Ochocientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 16,800.00), por concepto de pago de Compensacion Economica por tratamiento medico altamente especializado en el Extranjero; asimismo abonara el gasto por concepto de pasajes aereos de ida y vuelta de la mencionada Oficial de la Policia Nacional del Peru, que asciende a la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiseis con 50/100 Dolares Americanos (US$ 2,826.50), y Treinta y Uno con 00/100 Dolares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Articulo 3º.- El Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, cubrira los gastos que demande el tratamiento medico altamente especializado de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Clinica Internacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La Habana - MORDAZA, por un periodo de Ciento Ochenta (180) dias, ascendente a la cantidad de Ciento Cincuenta y Seis Mil Ciento Cinco con 00/100 Dolares Americanos (US$ 156,105.00), por un periodo de Ciento Ochenta (180) dias; asimismo financiara el gasto por concepto de pasajes del acompanante que asciende a la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veintiseis con 50/100 Dolares Americanos (US$ 2,826.50), y Treinta y Uno con 00/100 Dolares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Articulo 4º.- Dentro de los Siete (7) dias de haber retornado de viaje, la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debera presentar un informe detallado, respecto a su permanencia en el extranjero y los resultados obtenidos al Presidente de la Republica a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros. Articulo 5º.- Dentro de los Quince (15) dias de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 872977-11

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