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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479657 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los mismos que han sido corroborados por el ente rector del Presupuesto Público, corresponde formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 119 Programa de Mejoramiento de la Educación en Áreas Rurales en el Pliego 010: Ministerio de Educación; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 119: Programa de Mejoramiento de la Educación en Áreas Rurales en el Pliego 010: Ministerio de Educación. Artículo 2.- El Jefe de la Ofi cina General de Administración, el Jefe de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa y el Jefe de la Unidad de Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, brindarán apoyo para la implementación y puesta en operación de la Unidad Ejecutora creada en el artículo 1 de la presente Resolución, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 872656-1 Oficializan modificación y disponen publicación de la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certificadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior” RESOLUCIÓN Nº 043-2012-SINEACE/P Lima, 22 de noviembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 619-2012-MINEDU/SG-SINEACE- CONEACES con fecha 17 Agosto de 2012, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, a través de su artículo 5° establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 44° de la Ley N° 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, concordante con lo dispuesto en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad técnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ámbito del sistema; siendo, además, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la función de articulador del funcionamiento de sus órganos operadores, asignada de manera expresa por el artículo 6°, inciso c, de la Ley del SINEACE; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018- 2007-ED, establece que el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria (CONEACES), entre otras, tiene la función de aprobar las normas que regulan la autorización y registro de las entidades evaluadoras con fi nes de acreditación y certifi cación. Que, mediante Acuerdo N° 038-2010, de la Sesión N° 022/CONSEJO SUPERIOR-SINEACE de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratifi cación de los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a fi n de formalizarlos mediante resolución del SINEACE; disponiendo que en todos los casos se requerirá el acuerdo aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe de la Secretaria Técnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, mediante Acuerdo Nº 801-2012, Sesión N° 193 de 03 de setiembre del 2012, el Directorio del CONEACES aprueba la modifi cación de la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certifi cadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior” del CONEACES, mediante la adición del inciso h), al acápite 4.2.1. “De las Entidades Certifi cadoras”, del numeral 4.2; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, mediante Acuerdo N° 116-2012, de la Sesión Nº 41 con fecha 20 de setiembre del 2012, el Consejo Superior del SINEACE acordó ofi cializar la modifi cación mediante la adición del inciso h), en el acápite 4.2.1 “De las Entidades Certifi cadoras”, del numeral 4.2, de la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certifi cadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior”, aprobada mediante Acuerdo Nº 801-2012 del Directorio del CONEACES; Que, en Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta de Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe N° 046-2012-COSUSINEACE/ST. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar la modifi cación de la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certifi cadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior”, aprobada por el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, mediante Acuerdo Nº 801-2012, documento que, con el inciso adicionado, como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Publicar la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certifi cadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior” del CONEACES, con el texto del inciso h), adicionado al acápite 4.2.1 “De las Entidades Certifi cadoras”, del numeral 4.2, en el portal institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa - SINEACE: http://www.sineace.gob. pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, realizar la más amplia difusión a nivel nacional de la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la autorización y registro de Entidades Certifi cadoras de Competencias de profesionales titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta SINEACE 872655-1