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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (04/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de octubre de 2012 475749 General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 848759-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2012-TR Lima, 28 de setiembre de 2012 VISTOS: El Informe N° 407-2012-TP/DE/UGPYTOS, de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 1193-2012-TP/DE/UGPPME, de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 456-2012-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Ofi cio N° 1069-2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se creó el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el literal a) del numeral 12.1) del artículo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-2012 se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, a través del cual se aprueban S/. 81 998 533.00 (Ochenta y un millones novecientos noventa y ocho mil quinientos treinta y tres con 00/100 Nuevos Soles) para el fi nanciamiento de quinientos treinta y cinco (535) proyectos de inversión pública a ser ejecutados por transferencias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008- TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011- TR, se aprueba la Directiva que regula el procedimiento aplicable a los desembolsos efectuados por el Programa; asimismo, en el artículo 29° del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, se precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para su efectividad, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores; Que, mediante los documentos de vistos, se adjunta el cuadro consolidado de ciento sesenta y seis (166) proyectos de la Acción de Contingencia AC-55 (5to. Grupo), a favor de organismos ejecutores públicos, los cuales cuentan con la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 419-2012-MTPE/4/11, por la suma total de S/. 25 162 643.60 (Veinticinco millones ciento sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y tres con 60/100 nuevos soles); razón por la cual, se solicita la transferencia fi nanciera respectiva; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Proyectos, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Resolución Ministerial N° 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de ciento sesenta y seis (166) proyectos de la Acción de Contingencia 55, AC-55 (5to. Grupo) por la suma total de S/. 25 162 643.60 (Veinticinco millones ciento sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y tres con 60/100 nuevos soles), conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 848759-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a AGN Ingenieros S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular, en el distrito de Surquillo, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3331-2012-MTC/15 Lima, 03 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 080965 y 104681 de fechas 05 de julio y 24 de agosto de 2012 respectivamente, la empresa AGN INGENIEROS S.A.C., solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; en el local ubicado en la Av. Angamos Este N° 1600-1604- 1608, Distrito de Surquillo, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 -modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008 MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV” en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un