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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de octubre de 2012 475751 ENTIDAD SOLICITANTE CARGOS DE DESTINO Ministerio de Agricultura Director General de la Ofi cina de Administración Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 848915-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 242-2012-INEI Mediante Ofi cio Nº 150-2012-INEI/OTAJ el Instituto Nacional de Estadística e Informática solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 242-2012- INEI, publicada en la edición del día 19 de setiembre de 2012. DICE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográfi cas correspondientes al mes de agosto de 2012, que se indican en el cuadro siguiente: (...) Cod. 1 2 3 4 5 6 47 470,75 470,75 470,75 470,75 470,75 470,75 DEBE DECIR: Artículo 1º.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográfi cas correspondientes al mes de agosto de 2012, que se indican en el cuadro siguiente: (...) Cod. 1 2 3 4 5 6 47 470,79 470,79 470,79 470,79 470,79 470,79 849271-1 Aprueban Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de trabajadores de construcción civil para las seis Áreas Geográficas, de los meses de junio de 2011 a mayo de 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 263-2012-INEI Lima, 3 de octubre de 2012 Visto, el Ofi cio Nº 217-2012-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, con el cual remite copia del Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013, Expediente Nº 42494- 2012-MTPE/1/20.21. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolución Nº 033-90-VC-9200 de fecha 26 de julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción - CREPCO, creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación; Que, como conclusión de la Convención Colectiva de Trabajo por Rama de Actividad, con fecha 16 de agosto de 2012, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el Nº 168-2012-MTPE/1/20.21, el 4 de setiembre de 2012, en la cual como negociación de trato directo del pliego de reclamos, se acordó en el numeral I, un Incremento de Remuneraciones a partir del 1 de junio del 2012, sobre su Jornal Básico diario, según las categorías establecidas, cuyo acuerdo debe concretarse, una vez que el INEI fi je los índices correspondientes; Que, habiéndose producido variación en los jornales de Construcción Civil, es necesario fi jar el Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2011 hasta mayo de 2012; toda vez que, según el informe Nº 01-09-2012-INEI/DTIE, se cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con las opiniones favorables de la Sub Jefatura de Estadística y de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos; la visación de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios de los trabajadores de construcción civil para las seis (06) Áreas Geográfi cas, Correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2011 hasta mayo de 2012, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio 2012, en la forma siguiente: MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN “F” JUNIO 2011 - MAYO 2012 Junio 2011 1,39 Julio 2011 1,39 Agosto 2011 1,39 Setiembre 2011 1,39 Octubre 2011 1,39 Noviembre 2011 1,39 Diciembre 2011 1,39 Enero 2012 1,39 Febrero 2012 1,39 Marzo 2012 1,39 Abril 2012 1,39 Mayo 2012 1,39 Artículo 2°.- Los Factores de Liquidación “F” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.