Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2012 (04/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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48º del mismo Reglamento, ha prescrito las formas en que se efectua el encargo; senalandose en su literal c), que el Titular de la entidad, mediante disposicion expresa procedera a disponer la encargatura de las funciones de un Organo de Control Institucional, a un profesional que reuna los requisitos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organo Superior de Control; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interes institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el MORDAZA de las nuevas politicas institucionales que se vienen implementando en la Contraloria General de la Republica, resulta necesario efectuar el traslado, dar por concluidas las designaciones y encargatura, asi como designar, segun corresponda, a los Jefes de Organos de Control Institucional de diversas entidades; Que, el Departamento de Finanzas en lo que corresponde, ha previsto los recursos necesarios para atender las acciones que se realizan mediante la presente Resolucion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y modificatorias; y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 220-2011-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Efectuar, el traslado de la profesional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con D.N.I. Nº 09966736, de la jefatura del Organo de Control Institucional de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA a la jefatura del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dando por concluida su designacion en la entidad de origen y designandola en la entidad de destino. Articulo Segundo.- Dar por concluidas las designaciones de los Jefes de los Organos de Control Institucional que se detallan a continuacion:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA O´Diana MORDAZA D.N.I. Entidad Provincial de

la Resolucion de Contraloria Nº 262-2011-CG, durante el ejercicio efectivo del cargo, de ser el caso. Articulo Setimo.- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Control Operativo de la Contraloria General de la Republica, dispondran y adoptaran las demas acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Octavo.- En tanto se designe al MORDAZA jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huanta, el titular de la entidad debera garantizar el normal desarrollo de la actividad de dicho Organo, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura, a un profesional que reuna los requisitos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 849268-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundada apelacion contra la Res. N° 36-2012/GOR/RENIEC referente a verificacion de firmas para consulta popular de revocatoria de autoridades en el distrito de San MORDAZA de Cochan, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 876-2012-JNE Expediente N° J-2012-1264 MORDAZA, veintinueve de setiembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 29 de setiembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Gerencial N° 362012/GOR/RENIEC, suscrita el 25 de setiembre del ano en curso, que declaro infundados los cuestionamientos relacionados con la verificacion de firmas de adherentes para la convocatoria de consulta popular de revocatoria de autoridades 2012 en el distrito de San MORDAZA de Cochan, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, teniendo a la vista el Expediente N° J-20120451. ANTECEDENTES Cuestionamientos planteados por el apelante ante el MORDAZA Nacional de Elecciones y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Cochan, provincia de San MORDAZA, presento diversos escritos en los que solicita la nulidad del procedimiento de verificacion firmas, senalando como fundamentos los siguientes: - El promotor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no reside en San MORDAZA de Cochan. - Presenta una relacion de noventa ciudadanos, senalando que estos fueron motivados con engana para suscribir la lista de adherentes, ya que se les indico que sus firmas eran para ser incorporados a los programas sociales, tales como "Pension 65" (trece), "Juntos" (cuatro), "Apoyo de ampliacion de luz electrica" (dieciocho), "Riego tecnificado" (treinta y uno); asi como que para recibir apoyo con calaminas para la temporada de lluvias (quince), para la ejecucion de obras en su caserio (ocho) y para trabajar en el Pronei (uno). - Esta acreditada, con el peritaje grafotecnico de parte, la falsificacion de las firmas de diecisiete ciudadanos que suscribieron la lista de adherentes.

40957465 Municipalidad Huanta

06163592 Seguro Social de Salud ­ ESSALUD (Ex Instituto Peruano de Seguridad Social ­ IPSS) 30835602 MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA

Articulo Tercero.- Dar por concluida la encargatura del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con D.N.I. Nº 07600853 de la jefatura del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Designar, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional, a los profesionales que a continuacion se detallan:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Huambachano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D.N.I. Entidad

06999488 Seguro Social de Salud ­ ESSALUD (Ex Instituto Peruano de Seguridad Social ­ IPSS) 07600853 Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10314653 MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA

Articulo Quinto.- El traslado y designaciones que se efectuan de acuerdo a lo dispuesto en los articulos primero y MORDAZA precedentes, deberan realizarse indefectiblemente dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de publicada la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Los profesionales, a que se refieren los articulos primero y MORDAZA de la presente Resolucion mantendran su plaza de origen, teniendo derecho a percibir la asignacion por responsabilidad, respecto del nivel y categoria del cargo, de acuerdo a lo previsto en

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