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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475851 Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita designar al Magistrado que reemplazará al doctor Tolentino Alfaro en sus vacaciones. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor MARTÍN JESÚS HUAMÁN RAMOS, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, a partir del 09 al 28 de octubre del presente año, por las vacaciones del doctor Tolentino Alfaro. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 850512-1 Dictan disposiciones para que Salas y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal se encarguen de la ejecución de expedientes que se les haya asignado en apoyo de órganos permanentes CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 770-2012-P-CSJLI/PJ Lima, cuatro de octubre del año dos mil doce. VISTOS: La Resolución Administrativa N° 177-2012-CE-PJ publicada el treinta de setiembre del presente año; la Resolución Administrativa N° 29-2008-CE-PJ de fecha treinta de enero del 2008 y, la Resolución Administrativa N° 264-2012-P-CSJLI/PJ de fecha veinte de abril del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa N° 029- 2008-CE-PJ se establecieron las medidas y procedimientos para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de descarga procesal circunscritos al Marco del Plan Nacional de Descarga Procesal; asimismo, mediante la Resolución Administrativa N° 263-2011-P-CSJLI/PJ publicado el 29 de marzo del 2011, se reconforma la Comisión Distrital para Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponiéndose que se adopten las medidas necesarias tendientes al logro de los fi nes de su creación. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 264- 2012-P-CSJLI/PJ se dispuso que los Juzgados transitorios especializados, mixtos y de paz letrado que intervienen en el Plan Nacional de Descarga Procesal, devuelvan a los Juzgados permanentes de origen, los expedientes que a partir del veinte de abril del presente año, inicien su etapa de ejecución. Que, la citada disposición fue emitida en mérito a lo expresamente establecido en el artículo 4° inciso c) de la Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ que excluía a los expedientes en ejecución del conocimiento de los órganos de descarga procesal; dispositivo cuyo cumplimiento fue exhortado por el Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal mediante Ofi cio N° 62-2012-P-CNDP-PJ. Que, si bien mediante la Resolución Administrativa N° 177-2012-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto modifi car la norma citada en el párrafo precedente, disponiendo que las Salas y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal se encargarán de la ejecución de los expedientes que le fueran remitidos en etapa de trámite por los órganos jurisdiccionales permanentes; debe tenerse presente que el citado órgano de gestión ha sido tajante al establecer que la citada modifi catoria se aplicará a partir del día siguiente de publicada la acotada Resolución Administrativa N° 177- 2012-CE-PJ, esto es, a partir del primero de octubre de los corrientes; medida que comprenderá a los expedientes que actualmente se encuentran en las Salas y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal. Que, en atención a lo citado, la Resolución Administrativa N° 264-2012-P-CSJLI/PJ ha surtido plenos efectos, correspondiendo a los juzgados permanentes que han recepcionado carga en ejecución en virtud a su mandato, conservar dichos expedientes y concluir su ejecución. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que las Salas y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal se encarguen de la ejecución de los expedientes que se les haya asignado para el apoyo de los órganos jurisdiccionales permanentes. Artículo Segundo.- La disposición contenida en el artículo precedente alcanza a todos los expedientes que al primero de octubre del 2012 se encuentren en las Salas y Juzgados de Descarga Procesal. Artículo Tercero.- Los expedientes en ejecución devueltos al juzgado permanente de origen hasta el 30 de setiembre del 2012, en mérito a lo establecido Resolución Administrativa N° 264-2012-P-CSJLI/PJ, deberán conservarse y ser ejecutados por el juzgado permanente receptor. Artículo Cuarto.- A partir del primer de octubre del presente año queda sin efecto toda disposición que se oponga a lo establecido a la Resolución Administrativa N° 177-2012-CE-PJ. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima –ODECMA- para que vele por su observancia, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura - OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 850514-1 Disponen la cancelación definitiva de la ejecución de la “Prueba piloto de asignación de peritos judiciales a los juzgados laborales transitorios, con fines de descarga procesal” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 771-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de octubre del 2012