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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (11/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de octubre de 2012 476040 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, que el lote único queda en garantía de pago por el défi cit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana para la zonifi cación Comercio Zonal “CZ” con un défi cit de 249.07 m2 y 99.63 m2, respectivamente, los cuales deberán ser pagados antes de la Recepción de Obra de Habilitación Urbana, de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días calendarios, contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a SERPAR-LIMA, a EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANETTE DE LOS MILAGROS ALVA NAVARRO Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 850875-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Nuevo Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2012-A-MDC Cieneguilla, 6 de setiembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Proveído Nº 226-2012-GM-MDC de fecha 05 de setiembre de 2012 de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 071-2012-GPP/MDC de fecha 04 de setiembre de 2012, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, sobre la Modifi cación del Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con lo previsto en los artículos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi nen y establecen pautas para la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo; Que, por Ordenanza Nº 159-2012-MDC, se aprobó el Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo para el año 2013 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 009-2012-A-MDC, se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013; Que, el artículo tercero de la Ordenanza Nº 159- 2012-MDC, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias, Ampliatorias y Reglamentarias tomando en consideración la presente ordenanza; Que, con el objeto, de atender la demanda de la población en ampliar el plazo para la identifi cación y registro de agentes participantes del Proceso Presupuesto Participativo 2013 del distrito de Cieneguilla, el cual se traducirá en una mayor participación de las organizaciones sociales, entidades públicas y privadas, así como de los vecinos organizados en general, se debe modifi car el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013, ampliando el plazo de la fase de identifi cación y registro de agentes participantes hasta el día 15 de setiembre y por consiguiente modifi cando las fechas de las fases siguientes a esta; Que, con el Informe Nº 071-2012-GPP/MDC la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto remite el Nuevo Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 156–2012-MDC; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Cronograma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2013. Artículo Segundo.- Encargar al Gerente de Planifi cación y Presupuesto, Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, Gerente Desarrollo Social, Gerente de Administración Tributaria y Rentas y Gerente Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto le corresponda. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla – www.municieneguilla.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde