Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2012 (14/10/2012)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de octubre de 2012

La conformacion de la Comision de Seleccion sera la siguiente: a) Dos (2) miembros propuestos por el Presidente del Consejo de Ministros, uno de los cuales la presidira y tendra MORDAZA dirimente; b) Un (1) miembro propuesto por el Ministro de Economia y Finanzas; y, c) Un (1) miembro propuesto por el Ministro del Sector al cual pertenece la actividad regulada. Articulo 5.- Designacion e instalacion de la Comision de Seleccion Los miembros permanentes de la Comision de Seleccion seran designados mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros. Para tal fin, el Ministro que debe nominar a un miembro de la Comision, debe comunicar, mediante oficio dirigido al despacho del Presidente del Consejo de Ministros, el nombre de la persona propuesta. El miembro no permanente sera designado conforme al procedimiento descrito en el parrafo precedente. La Comision de Seleccion se instalara dentro de los dos (02) dias habiles siguientes de la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial que la conforma. La ejecucion del encargo como miembro de la Comision es ad honorem. Articulo 6.- Secretario Tecnico de la Comision El Secretario Tecnico de la Comision de Seleccion sera designado por esta, y desarrollara sus funciones en la Presidencia del Consejo de Ministros, la que le debera brindar el apoyo administrativo y tecnico correspondiente. Articulo 7.- Convocatoria a Concurso Publico La Comision de Seleccion convocara al Concurso Publico a que se refiere el presente Reglamento dentro de los tres (03) dias habiles siguientes de la fecha en que tiene lugar su instalacion. Articulo 8.- Naturaleza de los actos de la Comision de Seleccion Los actos de la Comision de Seleccion tienen calidad de actos de administracion interna conforme a lo dispuesto en el articulo 1 numeral 1.2 inciso 1.2.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por consiguiente no corresponde interponer contra ellos recurso impugnatorio alguno. Titulo II Etapas del Procedimiento de Seleccion Articulo 9.- Etapas y reglas generales del procedimiento El Concurso Publico para la seleccion de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos tiene las siguientes etapas: a) Convocatoria a.1) Postulacion a.2) Declaracion de postulantes aptos b) Evaluacion b.1) Evaluacion Curricular b.2) Entrevista Personal c) Seleccion c.1) Formulacion de propuesta de lista por la Comision Las postulaciones deberan efectuarse de manera personal. Las etapas del procedimiento son eliminatorias. Los puntajes obtenidos en cada una de las etapas no son acumulativos. Los resultados de cada etapa, asi como los resultados finales, despues de culminada la entrevista personal, seran publicados en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros. Se considera notificacion valida para los fines del procedimiento la difusion de los resultados en la fecha de publicacion en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros.

La inasistencia de los postulantes a cualquiera de las etapas de evaluacion acarrea su eliminacion del Concurso. Se considera inasistencia, de manera objetiva, el hecho de no estar presente al momento en que se inicia cualquiera de las etapas de evaluacion. La labor de la Comision de Seleccion concluye, en cada caso, con la entrega de la lista de los postulantes que hayan alcanzado el mayor puntaje. El Presidente del Consejo de Ministros pondra a consideracion del Presidente de la Republica la lista de postulantes para la designacion en el cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. Titulo III Convocatoria al Concurso Publico Articulo 10.- Convocatoria y su vigencia.La Comision de Seleccion realizara la convocatoria al Concurso Publico, respecto de cada uno de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores a traves de un aviso a publicarse, por unica vez, en el Diario Oficial El Peruano y en cualquier otro diario de circulacion nacional. En la misma fecha, la convocatoria debera ser difundida a traves del MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del MORDAZA del Organismo Regulador respectivo. Los avisos de convocatoria deberan contener la siguiente informacion minima: a) Requisitos generales para postular; b) Fecha de cierre de la etapa de postulacion; y, c) Lugar a donde debera remitirse el Curriculum Vitae y la documentacion requerida. Titulo IV Postulacion Articulo 11.- La Postulacion El plazo para postular sera de cinco (05) dias habiles contados desde el dia siguiente de la fecha de la publicacion del aviso a que se refiere el articulo precedente. Vencido dicho plazo se cerrara la etapa de postulacion al Concurso Publico. Articulo 12.- De la documentacion a presentar por los postulantes Los postulantes deberan presentar, de manera personal, los siguientes documentos: a) Curriculum Vitae documentado, debiendo incluir MORDAZA legalizada o autenticada de los documentos que acrediten la formacion academica y la experiencia profesional. b) Declaracion Jurada en la que se indique cumplir con los requisitos exigidos conforme a la Ley Nº 27332; no tener incompatibilidades para ser designado como miembro de Consejo Directivo y declarar la veracidad de la informacion contenida en su Curriculum Vitae (Anexo 1). c) Formulario de postulacion debidamente completado (Anexo 2). d) Declaracion de integridad (Anexo 3). Articulo 13.- Requisitos que deben cumplir los postulantes Los postulantes, deberan cumplir con los requisitos senalados en la Ley Nº 27332 y en el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, tal como se indica a continuacion, y no estar incursos en las incompatibilidades establecidas en las referidas normas. Los requisitos a cumplir son: a)Ser profesional con no menos de diez (10) anos de ejercicio. b) Contar con reconocida solvencia e idoneidad profesional. Este requisito se acreditara demostrando: - No menos de 03 (tres) anos de experiencia en el desempeno de cargos de gestion ejecutiva, entendiendose por tales, aquellos relacionados con la toma de decisiones en entidades u organismos del Estado o en empresas publicas o privadas; o

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