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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (14/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de octubre de 2012 476240 Las entrevistas se realizarán en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles, contados a partir del segundo día siguiente de efectuada la publicación de la lista de postulantes que califi caron en la evaluación curricular. Una vez culminada la etapa de entrevista personal, la Comisión publicará por dos (02) días hábiles en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el portal de los Organismos Reguladores, la lista de los tres (03) postulantes que alcanzaron los mejores puntajes, en orden alfabético, señalando el nombre completo del postulante y su número de Documento Nacional de Identidad. Título VII Postulantes Seleccionados Artículo 18.- Lista de postulantes seleccionados Culminada la etapa de evaluación, la Comisión de Selección pondrá a consideración del despacho del Presidente del Consejo de Ministros la lista de postulantes seleccionados, (en número no mayor a tres) por cada cargo a miembro del Consejo Directivo que corresponda designar, que hayan obtenido el mayor puntaje. La comunicación que curse el Presidente de la Comisión de Selección para estos fi nes, deberá efectuarse en un plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde la fecha de conclusión de la etapa de entrevistas personales. Una vez efectuada la entrega de la lista de postulantes seleccionados culmina la labor y cesan las funciones de la Comisión de Selección. La propuesta formulada por la Comisión de Selección constituye un acto de administración interna, por lo que no está sujeta a impugnación. Artículo 19.- Imposibilidad de reabrir etapas del procedimiento Una vez realizada la publicación de los nombres de los postulantes seleccionados en cada una de las etapas del procedimiento de selección, no resulta posible reabrir o someter a revisión las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección. Título VIII Designación Artículo 20.- La designación Dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la recepción de la lista de postulantes puesta a consideración por la Comisión de Selección, el Presidente del Consejo de Ministros presenta al Presidente de la República la propuesta de designación correspondiente, para cada uno de los cargos de miembro de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores. Con la emisión de la Resolución Suprema que rubrica el Presidente de la República y que refrenda el Presidente del Consejo de Ministros, se designa a cada uno de los miembros de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Si a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores no se encuentren completos o hubiera vencido el plazo de designación de alguno de sus miembros, se conformará la Comisión de Selección para el inicio del procedimiento de Concurso Público, procediéndose a designar a los miembros permanentes de la Comisión de Selección mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros. Para tal fi n, el Ministro que debe nominar a un miembro de la Comisión, debe comunicar, mediante ofi cio dirigido al despacho del Presidente del Consejo de Ministros, el nombre de la persona propuesta, dentro del día hábil siguiente de publicado el presente Decreto Supremo, de corresponder. ANEXO 1 DECLARACIÓN JURADA Por medio del presente, yo .................................... ..................., identifi cado (a) con Documento Nacional de Identidad Nº............................., declaro que cumplo con los requisitos exigidos conforme a ley y no tener incompatibilidades para ser designado como miembro del Consejo Directivo de .............................. de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la inversión Privada en los Servicios Públicos y el Decreto Supremo Nº -2012-PCM que aprueba el Reglamento del Concurso Público para la selección de los postulantes al cargo de Miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la inversión Privada en los Servicios Públicos. Asimismo, declaro la veracidad de la información contenida en el Currículum Vitae que presento. Suscribo la presente Declaración Jurada, en virtud del principio de veracidad establecido por el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sujetándome a las responsabilidades civiles, penales y administrativas que correspondan, en caso de que mediante cualquier acción de verifi cación posterior se compruebe su falsedad. Lima,.............................de 2012. ----------------------------- NOMBRE ----------------------------- FIRMA ----------------------------- DNI ANEXO 2 FORMULARIO DEL POSTULANTE A MIEMBRO DE CONSEJO DIRECTIVO DE ORGANISMO REGULADOR I. DATOS PERSONALES --------------------------------------------------------------------------------------------- Apellido Paterno Apellido Materno Nombres LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO:_________ _____/___/___ Lugar día/mes/año NACIONALIDAD: _______________________________________ DOCUMENTO DE IDENTIDAD: ___________________________ DIRECCIÓN: ____________________________________________ Avenida/CalleNº Dpto. CIUDAD _______________ DISTRITO _______________________ TELÉFONO _____________________________________________ CELULAR ______________________________________________ CORREO ELECTRÓNICO _________________________________ COLEGIO PROFESIONAL DE: (SI APLICA) ___________________ REGISTRO Nº _____________ LUGAR DEL REGISTRO ________ FECHA DE INSCRIPCIÓN EN COLEGIO PROFESIONAL ___________ SEXO ______________________ ESTADO CIVIL ______________ ORGANISMO REGULADOR AL QUE POSTULA ________________ II. FORMACIÓN ACADÉMICA La información a proporcionar en el siguiente cuadro deberá ser precisa,