Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2012 (14/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de octubre de 2012

contribuyendose asi con la masificacion del uso del gas natural en beneficio del pais; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion e incorporacion de definicion en Articulo 3 del Decreto Supremo Nº 0582010-EM Modificar la definicion de Operador Estrategico, asi como incorporar la definicion de MORDAZA de Competencia Tecnica, en el Articulo 3 del Reglamento de la Ley Nº 29496, Ley de creacion de empresas municipales encargadas de la prestacion del servicio publico de suministro de gas natural por red de ductos en el ambito de las municipalidades distritales y provinciales, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2010-EM, de acuerdo a lo siguiente: "Articulo 3.- Definiciones Ademas de las definiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, y demas normas del sub sector hidrocarburos, son de aplicacion al presente reglamento las siguientes definiciones: (...) Operador Estrategico.- Es la Persona que reune las condiciones tecnicas para operar y mantener el sistema de distribucion de gas natural y que se encuentra inscrito en el Registro de Operadores Estrategicos a cargo de OSINERGMIN. MORDAZA de Competencia Tecnica.- MORDAZA expedida por Institutos u Organismos competentes reconocidos por OSINERGMIN, que garantiza el cumplimiento de las caracteristicas tecnicas del Operador Estrategico, asi como el grado de conocimiento necesario para operar y mantener sistemas de distribucion de gas natural por red de ductos. Las pautas para la evaluacion de las Competencias Tecnicas seran establecidas por OSINERGMIN. (...)" Articulo 2.- Modificacion del Articulo 9 del Decreto Supremo Nº 058-2010-EM Modificar el Articulo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29496, Ley de creacion de empresas municipales encargadas de la prestacion del servicio publico de suministro de gas natural por red de ductos en el ambito de las municipalidades distritales y provinciales, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2010-EM, conforme a la siguiente redaccion: "Articulo 9.- Operador Estrategico Adicionalmente a los requisitos establecidos en el TUO, cuando se solicite el otorgamiento de la concesion de distribucion de gas natural por red de ductos, la Empresa Municipal debera presentar para su aprobacion a un Operador Estrategico que se encargue de la operacion del sistema de distribucion de gas natural, el cual podra ser nacional o extranjero. La Empresa Municipal debera tener en cuenta que el Operador Estrategico que operara los sistemas de distribucion de gas natural por red de ductos, debera tener las siguientes caracteristicas: a) Para poblaciones de hasta dos mil (2,000) usuarios, estara conformado por un tecnico calificado; b) Para poblaciones con mas de dos mil (2,000) y hasta diez mil (10,000) usuarios, estara conformado por un ingeniero calificado, y; c) Para poblaciones con mas de diez mil (10,000) usuarios, estara conformado por un ingeniero y un tecnico calificado. El Operador Estrategico debera estar inscrito en el Registro de Operadores Estrategicos a cargo de

OSINERGMIN, quien se encargara de su creacion y establecera los requisitos para acceder al mismo, entre los que se encontrara la MORDAZA de Competencia Tecnica expedida por Institutos u Organismos competentes reconocidos por OSINERGMIN. Debera publicarse en la pagina web de OSINERGMIN, la lista de los Institutos u Organismos competentes reconocidos, asi como los Operadores Estrategicos inscritos. Para la MORDAZA de la solicitud de otorgamiento de la concesion presentada por la Empresa Municipal, ya no sera exigible el requisito establecido en el numeral n) del Articulo 18 del TUO. El contrato de concesion debera establecer las obligaciones y responsabilidades del Operador Estrategico." Articulo 3.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia en un plazo de 60 dias calendarios a partir de su publicacion, plazo dentro del cual OSINERGMIN debera implementar el Registro de Operadores Estrategicos. Articulo 4 .- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de octubre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 853276-2

Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET
DECRETO SUPREMO N° 041-2012-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2006-EM se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, el mismo que fuera modificado por Resolucion Ministerial N° 090-2007-MEM-DM, Resolucion Ministerial N° 598-2007-MEM-DM, Resolucion Ministerial N° 353-2009-MEM-DM, y por Decreto Supremo Nº 0772009-EM; Que, el numeral 38.1 del articulo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA es aprobado por Decreto Supremo del Sector; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM se aprobo el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, disponiendo su obligatoria aplicacion en la siguiente actualizacion del MORDAZA de las entidades de la Administracion Publica; Que, es necesario aprobar un MORDAZA MORDAZA de INGEMMET a fin de adecuar y actualizar los procedimientos administrativos que realiza a la implementacion de mejoras vinculadas al desarrollo y operatividad de sus procedimientos y servicios administrativos, mediante la integracion de herramientas de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones (TIC), en atencion a la Politica Nacional de Simplificacion Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM; Que, de acuerdo con lo expuesto, resulta pertinente aprobar un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA para el Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, que implemente mejoras en los procedimientos administrativos a su cargo; De conformidad con el articulo 38 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y el

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