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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (18/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2012 476501 su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2012, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con portal institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 854667-1 PRODUCE Autorizan al Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo a realizar investigación científica con extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos sin valor comercial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 438-2012-PRODUCE Lima, 16 de octubre de 2012 VISTOS: los escritos de Registros Nº 00070424- 2012 y 00070427-2012 del 28 de agosto de 2012; mediante los cuales el Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo, representado en el Perú por el Señor Embajador Joachim Christoph Schmillen de la Embajada de la República Federal de Alemania, solicitó la autorización para efectuar investigación científi ca en aguas jurisdiccionales peruanas, el Informe Técnico Nº 0008-2012-PRODUCE/DGP-Diropa y el Informe Nº 004- 2012-PRODUCE/OGAJ-ngaldos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversión extranjera con la sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de Producción), mediante Resolución Ministerial por plazo determinado, podrá autorizar a instituciones especializadas extranjeras, la realización de actividades de investigación científi ca o tecnológica en aguas jurisdiccionales peruanas. Para tal efecto, el permiso de pesca a favor de la institución extranjera estará condicionado a la obtención del permiso de navegación conferido por la autoridad marítima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participación del personal que designe el Instituto del Mar del Perú – IMARPE; así como, proporcionar al Ministerio de la Producción la información completa relativa a la investigación realizada, en el plazo que establezca la correspondiente Resolución Ministerial; Que, el Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo en el marco de la investigación oceanográfi ca en aguas del Pacífi co Este Tropical, ha solicitado autorización para efectuar investigación científi ca marina en aguas jurisdiccionales peruanas con el empleo del buque METEOR en el periodo comprendido entre el 28 de noviembre de 2012 hasta el 10 de marzo de 2013, a fi n de recabar información oceanográfi ca y atmosférica que permita evaluar campos de la oceanografía física y biogeoquímica, particularmente en procesos asociados a la Zona Mínima de Oxígeno; Que, mediante Ofi cios Nº PCD-100-426-2012- PRODUCE/IMP y Nº PCD-100-450-2012-PRODUCE/IMP de fechas 26 de setiembre y 05 de octubre de 2012, el Instituto del Mar del Perú (IMARPE), emite opinión favorable respecto de la solicitud de autorización presentada por el Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo. Asimismo, IMARPE informa el personal científi co que participará en las campañas de investigación M90, M91, M92 y M93; Que, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero en su Informe Nº 008-2012-PRODUCE/DGP- Diropa, de la Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, de fecha 15 de octubre de 2012, informa que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE, y que la solicitud se enmarca dentro del artículo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE; Con las visaciones de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y el Despacho Viceministerial de Pesquería, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo, representado en el Perú por el Señor Embajador Joachim Christoph Schmillen de la Embajada de la República Federal de Alemania, a realizar investigación científi ca con extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos sin valor comercial, en aguas jurisdiccionales peruanas, como parte de la investigación oceanográfi ca que se realizará en aguas del Pacífi co Este Tropical; con el empleo del buque de investigación METEOR de bandera de la República Federal de Alemania, con la participación de personal científi co del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en el periodo comprendido entre el 28 de noviembre de 2012 hasta el 10 de marzo de 2013. Artículo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigación dentro del plazo señalado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, la autorización caducará de pleno derecho. Artículo 3º.- Los documentos e informes que se generen como resultado de la investigación científi ca, ya sea a cargo del Instituto de Oceanografía de la Universidad de Hamburgo o por los participantes de otros Estados en la expedición científi ca, deberán respetar el marco jurídico del Perú, reservándose éste su derecho a reclamo. Artículo 4º.- La efi cacia de la autorización otorgada por la presente Resolución Ministerial, queda supeditada a la obtención del permiso de navegación otorgado por el Ministerio de Defensa. Artículo 5º.- El Señor Embajador de la Embajada de la República Federal de Alemania, representante legal en el Perú del Instituto de Oceanografía de la Universidad