Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2012 (18/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Administracion, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 5.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y derechos de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 855088-2

RELACIONES EXTERIORES
Modifican el Articulo 121 del Reglamento Consular del Peru, aprobado mediante D.S. Nº 076-2005-RE
DECRETO SUPREMO Nº 046-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Consular del Peru fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; Que, el Articulo 121 del acotado Reglamento Consular del Peru senala que los funcionarios consulares honorarios

podran percibir una asignacion fija mensual por concepto de gastos de mantenimiento de local y/o gastos bancarios, en base a criterios alli establecidos; Que, las normas del Reglamento Consular del Peru deben responder al desarrollo moderno de la funcion consular, concebida como un servicio de naturaleza publica que presta el Estado peruano en el exterior; Que, resulta conveniente considerar que los funcionarios consulares honorarios, de manera excepcional, puedan percibir una asignacion mensual para la contratacion de personal, cuando fuere necesario para la adecuada operatividad de la oficina consular a su cargo; Que, es necesario modificar el Articulo 121 del Reglamento Consular del Peru para incluir dentro de su alcance la asignacion senalada en el parrafo anterior, aplicable a los funcionarios consulares honorarios a cargo de oficinas consulares peruanas en el exterior; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion del Articulo 121 del Reglamento Consular del Peru. Modifiquese el Articulo 121 del Reglamento Consular del Peru, aprobado por el Decreto Supremo N° 076-2005RE, de la siguiente manera: "Articulo 121: Los funcionarios consulares honorarios podran percibir una Asignacion Fija Mensual por Concepto de Gastos de Mantenimiento de Local y/o Gastos Bancarios, previo informe favorable de la Direccion

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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