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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (19/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476558 Autorizan viaje del Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 325-2012-PCM Lima, 18 de octubre de 2012 Vista la Carta Nº 598-2012 /PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 02 de diciembre de 2011, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), informó al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú que el Consejo de la OCDE ha decidido invitar al Perú a participar como Observador Regular por un periodo de dos años (hasta el 31 de diciembre de 2013) en el Comité de Competencia de la OCDE, así como en sus Grupos de Trabajo sobre Competencia y Regulación, y sobre Cooperación y Aplicación; Que, la OCDE tiene por misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, ofreciendo un foro donde los gobiernos pueden trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, colaborando con los gobernantes para entender qué es lo que conduce al cambio económico, social y ambiental, midiendo la productividad y los fl ujos globales del comercio e inversión, analizando y comparando datos para predecir las tendencias futuras, y fi jando estándares internacionales dentro de un amplio rango, desde la agricultura y los impuestos hasta la seguridad en productos químicos; Que, en la citada carta, la OCDE señala que la invitación se extiende en reconocimiento a los importantes logros alcanzados por el Perú en el campo de su política de competencia, y en atención al interés demostrado por nuestro país en incorporarse como miembro de dicho organismo, habiéndose por tal motivo decidido convocar al Perú, para que intervenga en calidad de observador regular, con la fi nalidad de participar activamente de los comités, mesas de trabajo y foros, además de difundir las buenas prácticas del Comité de Competencia de la OCDE; Que, en este contexto, mediante comunicación electrónica de fecha 05 de septiembre de 2012, la OCDE ha invitado al INDECOPI a participar en las reuniones de los miembros del Comité de Competencia en el Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación, en el Grupo de Trabajo Nº 3 sobre Cooperación y Aplicación, así como en el Comité de Competencia, a desarrollarse del 22 al 25 de octubre de 2012, en la ciudad de París, República Francesa; Que, dada la estructura y funciones del Comité de Competencia de la OCDE, la participación del INDECOPI en los referidos eventos le permitirá intercambiar experiencias y discutir los casos de mayor relevancia jurídica en temas de competencia en el país, con las principales autoridades mundiales en la materia, además de acceder al apoyo técnico que el referido Comité ofrece a los gobiernos a fi n de fortalecer sus marcos nacionales de competencia, así como a los documentos de análisis, estudios sectoriales y recomendaciones de políticas de competencia elaborados por el mencionado Comité; Que, en este sentido, el INDECOPI ha propuesto la participación del señor Miguel Angel Luque Oyarce, dado que en su calidad de Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, será el encargado de elaborar la información requerida para las reuniones del Grupo de Trabajo sobre Competencia y Regulación, Cooperación y Aplicación, así como para el Comité de Competencia, además de ser el responsable de realizar las coordinaciones y atender los compromisos que se deriven de su participación en las reuniones mencionadas; asimismo, se señala que resulta importante que el Perú, a través del INDECOPI, en su condición de Observador Regular, participe activamente y coopere con las funciones del Comité de Competencia de la OCDE; Que, en atención a las consideraciones expresadas, se estima que el viaje de representación del citado funcionario resulta de interés nacional, por lo cual se considera necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurra el participante, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el Decreto Legislativo Nº 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Angel Luque Oyarce, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 20 al 26 de octubre de 2012, a la ciudad de París, República Francesa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Incluido Impuestos) US$ 3 500 Viáticos (US $ 260.00 x día = 4+1) US$ 1 300 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 855446-4 Designan Gerente Público en el cargo de Secretario de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2012-PCM Lima, 18 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, habiéndose determinado su Política Remunerativa a través del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 136-2012-SERVIR-PE la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR asignó al Gerente Público señor Vlado Erick Castañeda Gonzales a la Presidencia del Consejo de Ministros para que desempeñe el cargo de Secretario de Coordinación; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se designa al Gerente Público señor Vlado