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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476566 ENERGIA Y MINAS Modifican R.D. Nº 725-2007-MEM- DGM mediante la cual se aprobó el formulario de solicitud del Certificado de Operación Minera y el formato para su otorgamiento RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 207-2012-MEM-DGM Lima, 15 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 725-2007-MEM- DGM se aprobó el formulario de solicitud del Certifi cado de Operación Minera (COM) así como el formato de otorgamiento de dicho certifi cado; Que, en el artículo 3 de la norma citada se dispuso que las solicitudes anuales de Certifi cado de Operación Minera (COM) se presentaran a partir del 1 de noviembre de cada año para las operaciones continuas del siguiente año, mediante los formularios electrónicos que se encuentran en el portal o página web del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo con lo indicado en el Anexo II de la misma norma; Que, con el fi n de agilizar el otorgamiento del Certifi cado de Operación Minera (COM) es necesario que la presentación de las solicitudes se efectúe desde el 1 de octubre de cada año, para lo cual se requiere modifi car el artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 725-2007-MEM- DGM; adecuándose las solicitudes del presente año a lo que se dispone en la parte resolutiva: Estando con la opinión favorable de la Dirección Técnica Minera y de conformidad con los incisos a) y j) del Art. 101º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese el artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 725-2007-MEM-DGM cuyo texto será el siguiente: “Artículo 3.- Las solicitudes anuales de Certifi cado de Operación Minera deberán ser presentadas a partir del 1 de octubre de cada año, para las operaciones continuas del siguiente año, vía extranet del Ministerio de Energía y Minas.” Artículo 2.- Las solicitudes que se presenten para las operaciones continuas del año 2013 se adecuarán a lo dispuesto en el artículo anterior. Regístrese y publíquese. EDGARDO E. ALVA BAZÁN Director General de Minería 854652-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2012-IN Lima, 18 de octubre de 2012 VISTO, el Mensaje con referencia DR/4945/12/ G9/AFPA, de fecha 28 de setiembre de 2012, con el cual la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Buenos Aires – República Argentina, informa que acepta la fecha propuesta para la entrega en extradición a las autoridades peruanas del procesado Alan Rogelio ALLER VERA; consecuentemente solicitaron los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la República Argentina hacia nuestro país. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 127-2012-JUS del 27 de agosto de 2012, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Alan Rogelio ALLER VERA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 358-2012- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 1 de octubre de 2012, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al extranjero en Comisión del Servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Juan Alfredo PEREZ URIONDO y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Segundo Carlos VALDIVIA QUIBAJO, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 19 al 23 de octubre de 2012, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Alan Rogelio ALLER VERA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad; Que, con Memorándum Múltiple Nº 319-2012- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 2 de octubre de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Juan Alfredo PEREZ URIONDO y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Segundo Carlos VALDIVIA QUIBAJO, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 19 al 23 de octubre de 2012, a fi n que ejecuten tal extradición activa; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, con Declaración Jurada Simple los funcionarios policiales designados para ejecutar la extradición antes mencionada, declararon que los gastos que ocasione su viaje, serán cubiertos por la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú y por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, comprometiéndose a asumir cualquier otro gasto adicional que ocasione su desplazamiento y participación en el referido viaje, y a no realizar ningún trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público