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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476565 Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”, y de los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”; asimismo, se certifi ca la existencia de marco presupuestal que le permite fi nanciar dicho adicional hasta por la suma de S/. 57 755 555,00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES); de los cuales S/. 46 217 300,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) son con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y S/. 11 538 255,00 (ONCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) son con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, para otorgar el fi nanciamiento adicional antes mencionado, y sustenta el fi n social de las subvenciones adicionales solicitadas por cuanto éstas permitirán contribuir al desarrollo y práctica del deporte, el cual constituye un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 270-2012-ME/SPE-UP, señala que resulta viable acceder a lo solicitado por el IPD en cuanto cumple con los requisitos fi jados en el numeral 60.2 del artículo 60 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Autorización Autorícese al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo “A” de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 57 755 555,00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para atender las distintas demandas de las Federaciones Nacionales Deportivas, el Comité Olímpico Peruano y afrontar la organización y realización de los “I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”, y de los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”. Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente artículo se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, y se publican en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe) en la misma fecha de publicación ofi cial del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente dispositivo se fi nanciarán con los recursos asignados al Instituto Peruano del Deporte, con cargo a las Fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados de su Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2012. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de subvenciones adicionales a los que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Educación Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación ANEXO SUBVENCIONES ADICIONALES A LA PREVISTA EN EL ANEXO “A” DE LA LEY Nº 29812 AÑO FISCAL 2012 (En Nuevos Soles) PLIEGO 342: Instituto Peruano del Deporte PERSONA JURÍDICA FUENTE DE FINANCIAMIENTO MONTO TOTAL Recursos Ordinarios Recursos Directamente Recaudados Federaciones Nacionales Deportivas 18,880,607 - 18,880,607 Gastos de preparación de atletas peruanos, para los Juegos Bolivarianos 2012 y 2013 1 Bádminton 280,753 280,753 Beisbol 151,000 151,000 Bochas 110,000 110,000 Boxeo 797,954 797,954 Ecuestre 104,200 104,200 Esgrima 235,000 235,000 Gimnasia 172,616 172,616 Golf 112,495 112,495 Handball 253,000 253,000 Karate 1,386,283 1,386,283 Fisicoculturismo 93,000 93,000 Lucha Amateur 1,240,518 1,240,518 Motociclismo 151,000 151,000 Muay Thai 147,000 147,000 Natación 559,219 559,219 Paleta Frontón 170,950 170,950 Pesas 1,652,090 1,652,090 Remo 3,715,276 3,715,276 Rugby 280,620 280,620 Ski Acuático 695,724 695,724 Softball 332,000 332,000 Sub Acuáticas 220,880 220,880 Tabla 864,500 864,500 Tae Kwon do 363,368 363,368 Tenis 511,700 511,700 Tenis de Mesa 468,000 468,000 Tiro 497,330 497,330 Tiro con Arco 97,000 97,000 Triatlón 262,000 262,000 Vela 1,843,872 1,843,872 Vóley 1,111,259 1,111,259 Comité Olímpico Peruano 27,336,693 11,538,255 38,874,948 Gastos de organización y realización de los “I Juegos Bolivarianos Playa 2012” 2 - 11,538,255 11,538,255 Gastos de preparación de atletas peruanos, para los Juegos Bolivarianos 2012 y 2013 1 10,419,393 10,419,393 Gastos de Organización de los “XVII Juegos Bolivarianos 2013” 1 3,487,800 3,487,800 Gastos de Gestión, Gerencia y Supervisión de proyectos de infraestructura deportiva declarados viables en el marco de los “XVII Juegos Bolivarianos 2013” 1 13,429,500 13,429,500 Total S/. 46,217,300 11,538,255 57,755,555 1 Financiamiento por transferencia de partidas del Ministerio de Educación, autorizada por el Decreto Supremo Nº 201-2012-ED, (Ley Nº 29914). 2 Financiamiento obtenido a través de la incorporación de Saldos Balances 2011 del IPD, a su Presupuesto Institucional 2012, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 552- 2012-P/IPD. 855446-2