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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (19/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476561 de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1088 se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico orientado al desarrollo de la planifi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; en cuya estructura general se encuentran los órganos del gobierno nacional con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, con Decreto Supremo N° 054-2011-PCM se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, en el cual se han establecido 31 Políticas de Estado del Acuerdo Nacional, dentro de una de las cuales se encuentra la promoción de la cultura; constituyendo dichas políticas el marco orientador para la defi nición de los objetivos nacionales, las políticas, y las metas y acciones de dicho Plan Bicentenario; debiendo las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustar sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el referido Plan; Que, el Ministerio de Cultura, de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC, es competente en materia de cultura a lo largo del territorio nacional, comprende al Sector Cultura, constituyéndose en su ente rector; y como tal es responsable del diseño, establecimiento, ejecución y supervisión de las respectivas políticas nacionales y sectoriales; Que, asimismo, en el literal b) del numeral 3.3.1 del artículo 3, se establece que el Ministerio de Cultura tiene como una de sus funciones específi cas exclusivas, la de Formular y aprobar los planes nacionales y sectoriales; Que, el literal b) del artículo 33 del referido Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, señala entre las funciones de la Ofi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica, la de dirigir y normar el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados; Que, conforme al literal a) del artículo 31 del citado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto propone a la Alta Dirección los planes sectoriales; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 7 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, al Ministro le corresponde dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el Marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; así como, le corresponde aprobar los planes de actuación; Que, mediante Informe Nº 381-2012-OGPP-SG/MC de fecha 14 de setiembre de 2012, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha reformulado su propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012- 2016; y, a través del Informe Nº 401-2012-OGPP-SG/ MC de fecha 27 de setiembre de 2012, solicita su su aprobación; motivo por el cual, dicha petición corresponde ser autorizada por el Ministro de Cultura a través del acto resolutivo correspondiente conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Secretario General, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del PESEM 2012-2016 Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Cultura, documento que en Anexo adjunto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo 2°.- Publicación del PESEM El Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012-2016 del Sector Cultura, aprobado por la presente Resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.mcultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 855316-1 Designan representante del Ministerio ante Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 005-2005-ED y Secretario Técnico de la comisión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2012-MC Lima, 17 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28261 se declaró de necesidad y utilidad pública, la recuperación integral y puesta en valor de la zona intangible del Complejo Arqueológico de Chan Chan; Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2005- ED se conformó la Comisión Multisectorial para la recuperación integral del Complejo Arqueológico de Chan Chan, encargándole la elaboración del reglamento de la referida Ley N° 28261; Que, mediante Resolución Suprema N° 019- 2012-MC se ha modifi cado la conformación de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal referida precedentemente, quedando integrada por un representante del Ministerio de Cultura, quien la presidirá; así como por los representantes del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura, del Proyecto Especial de Irrigación Chavimochic, del Gobierno Regional de La Libertad, de la Municipalidad Provincial de Trujillo y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, adicionalmente, se ha establecido que la precitada Comisión contará con una Secretaría Técnica como órgano de apoyo y estará a cargo de un representante designado por el Ministerio de Cultura, quien dará el soporte administrativo necesario; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la Directora Regional de Cultura de La Libertad como representante del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 005-2005-ED y modifi cada por Resolución Suprema N° 019-2012-MC. Artículo 2°.- Designar al señor Cesar Augusto Gálvez Mora, servidor nombrado en el cargo de Arqueólogo IV, nivel remunerativo SPB, como Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 855316-2