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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476571 PRODUCE Amplían plazo de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2012-PRODUCE Lima, 15 de octubre de 2012 VISTOS: El Memorando N° 379-2012-PRODUCE/ DGSF y el Informe Nº 023-2012-PRODUCE/DGSF-Acm de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y el Informe N° 067-2012-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 101º del Reglamento de Ia Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, dispone que la Autoridad Pesquera está facultada a establecer programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiológicos; para cuyo efecto se podrá contratar empresas especializadas para Ia ejecución de los actos de peritaje, inspección y control. Asimismo, en las disposiciones que establezcan programas de control para Ia extracción de determinadas especies, se podrá disponer obligaciones previas de inscripción, suscripción de convenios y otras modalidades que garanticen el debido cumplimiento de dichos programas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2003- PRODUCE, se creó el “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” con una vigencia de dos (2) años, plazo que se amplió de manera indefi nida mediante Decreto Supremo Nº 027- 2005-PRODUCE; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE se modifi ca el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, ampliando los alcances del “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, a los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado residual, a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos y a aquellos establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado convencional y/ o de alto contenido proteínico. Asimismo, se incluyó dentro de Ia ampliación de los alcances del citado Programa, las actividades de vigilancia y control a Ia producción de harina de pescado convencional y/o de alto contenido proteínico, aceite y harina de pescado residual; Que, a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 178-2011-PRODUCE, Nº 276-2011-PRODUCE, Nº 047- 2012-PRODUCE y Nº 239-2012-PRODUCE, se ha venido ampliando el plazo de vigencia del ‘Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo’ hasta el 15 de octubre de 2012; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 115-2012- PRODUCE, modifi cada por Ias Resoluciones Ministeriales Nº 172-2012-PRODUCE y Nº 240-2012-PRODUCE, se crea la Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, de fecha 23 de julio de 2012, delega en la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, la función de dirigir Ia ejecución de planes, programas y proyectos en materia de supervisión y fi scalización de las actividades pesqueras y acuícolas, de alcance nacional, directamente o a través de terceros, en coordinación con los otros niveles de gobierno, y velar por su cumplimiento; Que, conforme lo dispone el literal c) del artículo 7º del precitado Reglamento, Ia Ministra de Ia Producción puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización mediante el informe de Vistos, señala que aún no se ha concluido con la elaboración de las Bases y Términos de Referencia del proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutará(n) el “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y con el desarrollo de dicho proceso, por lo que recomienda ampliar el plazo de vigencia del citado Programa hasta el 15 de abril de 2013; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en tanto se concluya con el proceso de selección de las empresas que ejecutarán el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, resulta necesario ampliar su vigencia, así como dictar otras medidas que permitan la efi ciente y efi caz ejecución del referido Programa; Con el visado del Viceministro de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto por Ia Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, hasta el 15 de abril de 2013. Artículo 2º.- Delegar en el Viceministro de Pesquería del Ministerio de Ia Producción, Ia facultad para suscribir en representación del Ministerio de Ia Producción, las adendas con las empresas SGS del Perú S.A.C., y Certifi caciones del Perú S.A. (CERPER), para ampliar Ia vigencia de los convenios para Ia ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, hasta el 15 de abril de 2013. Artículo 3º.- Autorizar a Ia Dirección General de Supervisión y Fiscalización a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, con los titulares de licencias de operación para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto y consumo humano directo y con plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia hasta el 15 de abril de 2013. Artículo 4º.- Como consecuencia de Io dispuesto en Ia presente Resolución Ministerial, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscritos por las empresas ejecutoras del “Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y los establecimientos industriales pesqueros, para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, podrán ser modifi cados, considerando como fecha límite el 15 de abril de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 855337-1 SALUD Aceptan donación efectuada a favor del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 828-2012/MINSA Lima, 16 de octubre del 2012