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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (20/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de octubre de 2012 476909 Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 le confi ere al Alcalde; RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje al exterior del regidor provincial Arturo Ramos Sernaqué y del señor Juan Malpartida Filio, para asistir como participantes al Tercer Encuentro URBSOCIAL/Diálogo Euro-Latinoamericano sobre Cohesión Social y Políticas Públicas Locales, que se realizará en la ciudad de Bogotá - Colombia, del 22 al 27 de octubre del 2012. Artículo 2. Autorizar el egreso para cubrir los gastos que demande la participación de cada uno de los representantes de la Municipalidad, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo y tarifa por uso de Aeropuerto : US$ 683.83 Viáticos (07 días) : US$ 1,400.00 Artículo 3. El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará con cargo a los fondos provenientes del Proyecto Común “Emprendedurismo Social y Ecogestión de Residuos Urbanos (RESSOC)”, autorizándose a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización a efectuar las modifi caciones presupuestales correspondientes, de ser el caso. Artículo 4. Los representantes municipales en mención deberán presentar un informe escrito y la rendición de cuentas correspondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5. Encargar a la Gerencia General de Administración el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 855634-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Exoneran de proceso de selección la adquisición de predio ubicado en la Zona de Isla Baja, para la ejecución de obra ACUERDO DE CONCEJO Nº 087-2012-MPC Cañete, 15 de octubre de 2012. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 058-2012-BJIJ-GODUR-MPC de fecha 03 de octubre de 2012, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Exoneración de proceso para adquisición de bien que no admite sustituto, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, al documento señalado en el visto, el Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de esta Entidad, con fecha 03 de octubre de 2012, informa sobre la sustentación para la exoneración de proceso de selección para la adquisición de bien que no admite sustituto para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO CENTROS POBLADOS MARGEN IZQUIERDA RÍO CAÑETE – MONTILLONA, PROVINCIA CAÑETE – LIMA – IV ETAPA”, por cuanto ha sido priorizado para su ejecución por la población de San Vicente, conforme a los procedimientos de participación ciudadana regulado para el Presupuesto Participativo 2012; Que, a través del código SNIP Nº 113746, se declaró viable el proyecto denominado “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO CENTROS POBLADOS MARGEN IZQUIERDA RÍO CAÑETE – MONTILLONA, PROVINCIA CAÑETE – LIMA – IV ETAPA”. Dicho proyecto, ha ejecutado en las etapas previas, las obras correspondientes al sistema de agua potable de los centros poblados ubicados en la margen izquierda del Río Cañete; Que, mediante Informe Nº 266-2012-JCRM-SGOP- GODUR-MPC, se informa la viabilidad y necesidad de adquirir un predio ubicado en la zona de Isla Baja, el mismo que pertenece al señor Pío Pedraza Palomino. Dicho predio cuenta con un área de 7,032.91 m2 y un perímetro de 760.21 m., conforme la Constancia de Posesión emitida por la Municipalidad del Centro Poblado de Herbay Alto, y descrito en el plano topográfi co adjunto a dicho documento; el valor referencial del predio a ser destinado para la construcción de esta laguna ha sido determinado en el expediente técnico por el importe de S/. 40,000.00 (Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, prescribe en su artículo 20º que están exonerados de los procesos de selección cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor; asimismo el artículo 21º, las contrataciones derivadas de exoneración de procesos de selección se realizarán de manera directa, previa aprobación mediante Resolución del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Concejo Regional o del Concejo Municipal, según corresponda, en función a los informes técnicos y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse, concordante a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, obran los informes correspondientes en la que se recomienda la aprobación de la exoneración de proceso de selección para la adquisición del bien que se indica para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO CENTROS POBLADOS MARGEN IZQUIERDA RÍO CAÑETE – MONTILLONA, PROVINCIA CAÑETE – LIMA – IV ETAPA” con Código SNIP Nº 113746; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección correspondiente a la adquisición del predio ubicado en la Zona de Isla Baja, de propiedad del señor Pío Pedraza Palomino, en una área de 7,032.91 m2, conforme a la Constancia de Posesión emitida por la Municipalidad del Centro Poblado de Herbay Alto y descrito en el plano topográfi co adjunto al presente, para la ejecución de la Obra: “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO CENTROS POBLADOS MARGEN IZQUIERDA RÍO CAÑETE – MONTILLONA, PROVINCIA CAÑETE – LIMA – IV ETAPA” con Código SNIP Nº 113746, por un valor de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40,000.00); Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Economía y Finanzas, Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; y demás unidades orgánicas de esta corporación municipal, accionar lo conveniente para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 855629-1