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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (20/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de octubre de 2012 476906 de la competitividad regional. Para ello, promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación. Que, el artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 establece las Competencias Constitucionales. Los Gobiernos Regionales son competentes para: literal h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional. Que, artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 establece las Competencias Exclusivas y Compartidas establecidas en la constitución y la Ley de Bases de la Descentralización (…) y señala: numeral 1) Competencias Exclusivas, literal d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades, y en numeral 2) de las Competencias Compartidas literal g) señala: “Competitividad Regional y la promoción del empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados”. Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, señala las Atribuciones del Consejo Regional, literal o) Aprobar el Plan de Competitividad Regional, los acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macro regionales; y en su artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Gobierno Regional del Cusco en el año 2004, elaboró el Plan Concertado de Competitividad Regional del Cusco, en cumplimiento de lo dispuesto por Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, que establece que el Gobierno Regional debe elaborar el Plan de Competitividad Regional. Que, el Plan concertado de Competitividad Regional del Cusco, fue elaborado por consultoría externa, mediante Convenio Interinstitucional con el Programa Pro-Descentralización-PRODES y el Consejo Nacional de Descentralización-CND, a través de la Institución No Gubernamental GOVERMA. El Plan Concertado de Competitividad Regional del Cusco, fue aprobado por la Ordenanza Regional Nº 028-2005-GRC/CRC, de fecha 30 de abril del año 2005. Que, el Plan de Competitividad Regional 2004, fue desarrollado en el marco de un esquema elaborado para varias regiones por tanto, no refl ejó en forma adecuada la realidad regional. El enfoque de este Plan de Competitividad Regional estuvo orientado al desarrollo de las cadenas productivas, y las exportaciones regionales, presentándose solamente tres matrices referidas a cadenas productivas, infraestructura y educación y tecnología; aspectos sobre los cuales se formuló dicho Plan. Que, el Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021, ha sido elaborado en forma participativa, conjuntamente con Instituciones Públicas, sociedad civil organizada y el sector privado a través de los diferentes talleres participativos realizados, asimismo ha involucrado el trabajo directo de la Sub Gerencia de Fomento de Competitividad de la Gerencia de Desarrollo Económico, por tanto ha sido internalizado y asumido con un compromiso institucional. Que, el enfoque del Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021, está orientado a los ocho factores de competitividad regional: La Institucionalidad regional, infraestructura, el desempeño económico, el clima de negocios, la salud, la educación, la ciencia y tecnología y los recursos naturales y ambiente, factores que fueron establecidos en el año 2009 por el Consejo Nacional de Competitividad Nacional, en estas matrices se ha detallado las actividades y proyectos a ejecutar para desarrollar cada uno de los factores de competitividad indicados, precisándose entre otras metas, indicadores, resultados, responsables, período de ejecución, y presupuestos estimados. Por otro lado se ha incluido información muy importante sobre los índices de competitividad provincial, tomando la información de los trabajos de campo realizados por el Proyecto de Fortalecimiento del Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional Cusco. Que, asimismo se tiene que en el Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021, no se ha incluido lo referente a exportaciones considerando que este tema correspondería a Comercio Exterior, precisando que tiene su propio Plan Regional de Exportaciones. Que, fi nalmente, es de observar que, el Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021, tiene actualizado el marco legal actual, incorporando toda la información legal actualizada en los últimos siete (7) años. Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Leyes Modifi catorias; y el Reglamento Interno de Organización y Funciones. HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional, la implementación obligatoria del Plan Concertado de Competitividad Regional 2011-2021 del Gobierno Regional Cusco. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 028-2005-GRC/CRC y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entra en Vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación Dado a los doce días del mes de setiembre del año dos mil doce. JUAN PABLO LUZA SIKUY Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Cusco, a los 28 días del mes de setiembre del año dos mil doce. JORGE ISAACS ACURIO TITO Presidente Regional del Consejo Regional de Cusco 855142-1 Disponen como política pública regional promover el desarrollo de la industria petroquímica básica e intermedia a través de los Complejos Petroquímicos Descentralizados en la Región Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 040-2012-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Décimo Octava Sesión Extraordinaria de fecha cinco de setiembre del año dos mil doce, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional que: Dispone como Política Pública Regional del Gobierno Regional del Cusco, promover el desarrollo de la industria petroquímica básica e intermedia a través de los Complejos Petroquímicos Descentralizados en el